II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Letrados al servicio del Tribunal Supremo. (BOE-A-2022-2871)
Acuerdo de 17 de febrero de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de plaza de Letrado/a del Gabinete Técnico al servicio del Tribunal Supremo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 23 de febrero de 2022

Sec. II.B. Pág. 21771

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
2871

Acuerdo de 17 de febrero de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión
de plaza de Letrado/a del Gabinete Técnico al servicio del Tribunal Supremo.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su sesión de 17
de febrero de 2022, en virtud de lo establecido en el artículo 61 quáter de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, ha acordado anunciar en el «Boletín Oficial del Estado»,
concurso para la provisión de una plaza de Letrado/a del Gabinete Técnico del Tribunal
Supremo para el orden contencioso-administrativo. El concurso se regirá por las
siguientes bases:
Primera.
Podrán tomar parte en el presente concurso los/las miembros de la Carrera Judicial,
los/las miembros de la Carrera Fiscal y los/las funcionarios/as de carrera pertenecientes
al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, así como los/as funcionarios/as
de carrera de las Administraciones Públicas u órganos constitucionales, con titulación en
Derecho (licenciatura en derecho o título equivalente en los planes de estudios actuales,
es decir, el grado en derecho) pertenecientes a Cuerpos del subgrupo A1 o asimilados,
cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras
dure la suspensión.
Segunda.
Quienes deseen concursar presentarán sus solicitudes según modelo adjunto en
anexo I en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial, calle Marqués de
la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas –cuya vigencia deriva de la previsión expresamente
establecida al efecto en el apartado segundo, in fine, de la disposición derogatoria Única
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas– en el plazo de veinte días naturales contados a partir del
siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado». Las
peticiones que se cursen a través de las Oficinas de Correos deberán presentarse en
sobre abierto para que el funcionario correspondiente pueda estampar en ellas el sello
de fechas antes de certificarlas.

A la solicitud de participación se acompañará certificación expedida por el órgano
competente del Ministerio de Justicia, del Ministerio para las Administraciones Públicas o
del Departamento Ministerial, Organismo, Entidad u Órgano constitucional
correspondiente al que se hallen adscritos las Carreras o Cuerpos de pertenencia de
los/as funcionarios/as solicitantes, acreditativa de que éstos/as son miembros de
aquéllos, situación administrativa en la que se encuentran en los respectivos Cuerpos o
Carreras, y de la titulación en derecho que poseen. Esta certificación no será necesaria
para los/as miembros de la Carrera Judicial.

cve: BOE-A-2022-2871
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.