III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-931)
Resolución de 11 de enero de 2022, de la Dirección General de Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con Asisa y la Asociación Cultural de Amigos del Museo Arqueológico Nacional, para la colaboración en las actividades y proyectos culturales del Museo Arqueológico Nacional.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 6128
• Potenciar la difusión y comunicación nacional de la participación de Asisa en los
proyectos objeto del presente convenio, mediante la inclusión de la mención de
Colaborador en la Memoria Anual de actividades del MAN, así como en cualquier otra
publicación editada por el Museo que recoja sus actividades y/o las colaboraciones de
instituciones y empresas.
• Incluir en la difusión interna del MAN la referencia a la colaboración de Asisa en los
proyectos (como folletos, cartelería, publicaciones, flyers, etc.).
• Entregar conforme al artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen
fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo el
correspondiente certificado a Asisa.
3.
Compromisos de AMAN.
AMAN se compromete a:
– Recibir el importe de la colaboración de Asisa.
– Canalizar la aportación económica de Asisa. A tal efecto AMAN se encargará de
gestionar y contratar los servicios necesarios para la realización de los proyectos
descritos en la cláusula primera del presente convenio.
– Reconocer el mecenazgo de Asisa en los proyectos difundiendo su imagen
(nombre y logotipo) en créditos publicitarios y folletos que se hagan para promocionar los
proyectos objeto de este convenio.
Tercera.
Vigencia del convenio.
El presente convenio se perfecciona con su firma y resultará eficaz una vez inscrito,
en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la
disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado» y mantendrá su vigencia durante un año.
En el supuesto de que los firmantes acordaran unánimemente su prórroga ésta se
realizará conforme a lo establecido en el artículo 49, apartado h, de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarta.
Comisión de seguimiento del convenio.
Para la ejecución, seguimiento e interpretación del presente convenio se constituirá
una Comisión de seguimiento que estará integrada por un representante de cada entidad
firmante del mismo.
El representante del Ministerio de Cultura y Deporte será el Director del Museo
Arqueológico Nacional.
El representante de Asisa será designado por su Presidente.
El representante de AMAN será designado por su Presidente.
Serán funciones de esta Comisión:
La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de
adopción válida de acuerdos. En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar
acuerdos a tanto de forma presencial como a distancia, siempre que se aseguren por
medios electrónicos la identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como
medios electrónicos válidos, además, de los medios telefónicos, el correo electrónico, las
audioconferencias y las videoconferencias.
cve: BOE-A-2022-931
Verificable en https://www.boe.es
– Velar por el cumplimiento de este convenio.
– Coordinar todas las actuaciones que se realicen con ocasión de la ejecución del
presente convenio.
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 6128
• Potenciar la difusión y comunicación nacional de la participación de Asisa en los
proyectos objeto del presente convenio, mediante la inclusión de la mención de
Colaborador en la Memoria Anual de actividades del MAN, así como en cualquier otra
publicación editada por el Museo que recoja sus actividades y/o las colaboraciones de
instituciones y empresas.
• Incluir en la difusión interna del MAN la referencia a la colaboración de Asisa en los
proyectos (como folletos, cartelería, publicaciones, flyers, etc.).
• Entregar conforme al artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen
fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo el
correspondiente certificado a Asisa.
3.
Compromisos de AMAN.
AMAN se compromete a:
– Recibir el importe de la colaboración de Asisa.
– Canalizar la aportación económica de Asisa. A tal efecto AMAN se encargará de
gestionar y contratar los servicios necesarios para la realización de los proyectos
descritos en la cláusula primera del presente convenio.
– Reconocer el mecenazgo de Asisa en los proyectos difundiendo su imagen
(nombre y logotipo) en créditos publicitarios y folletos que se hagan para promocionar los
proyectos objeto de este convenio.
Tercera.
Vigencia del convenio.
El presente convenio se perfecciona con su firma y resultará eficaz una vez inscrito,
en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la
disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado» y mantendrá su vigencia durante un año.
En el supuesto de que los firmantes acordaran unánimemente su prórroga ésta se
realizará conforme a lo establecido en el artículo 49, apartado h, de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarta.
Comisión de seguimiento del convenio.
Para la ejecución, seguimiento e interpretación del presente convenio se constituirá
una Comisión de seguimiento que estará integrada por un representante de cada entidad
firmante del mismo.
El representante del Ministerio de Cultura y Deporte será el Director del Museo
Arqueológico Nacional.
El representante de Asisa será designado por su Presidente.
El representante de AMAN será designado por su Presidente.
Serán funciones de esta Comisión:
La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de
adopción válida de acuerdos. En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar
acuerdos a tanto de forma presencial como a distancia, siempre que se aseguren por
medios electrónicos la identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como
medios electrónicos válidos, además, de los medios telefónicos, el correo electrónico, las
audioconferencias y las videoconferencias.
cve: BOE-A-2022-931
Verificable en https://www.boe.es
– Velar por el cumplimiento de este convenio.
– Coordinar todas las actuaciones que se realicen con ocasión de la ejecución del
presente convenio.