III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Consorcio de la Zona Especial Canaria. (BOE-A-2022-845)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Rector de 29 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la Instrucción de organización interna y servicios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16

Miércoles 19 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 5453

del Estatuto Básico de Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre.
Artículo 21.

Selección de personal.

La contratación del personal directivo y selección del personal no directivo mediante
las correspondientes convocatorias públicas corresponderá al Consejo Rector, que podrá
delegar esta competencia en la Presidencia.
Disposición adicional primera.

Unidad de comunicación.

Se adscribe a la Dirección de Promoción y Servicios a entidades ZEC la unidad de
comunicación, a salvo los criterios generales de comunicación y la dirección de la
comunicación institucional, en lo que dependerá funcionalmente de la Presidencia.
Corresponden a la unidad de Comunicación las siguientes funciones:





La ejecución de la estrategia de comunicación del Consorcio.
La relación con los medios de comunicación.
La gestión de redes sociales y página web.
La asistencia a la presidencia y vicepresidencia en materia de comunicación.

Disposición adicional segunda.

Funciones de la Abogacía del Estado.

Las funciones de asistencia y asesoramiento jurídico asignadas al Servicio Jurídico
integrado en la Dirección de régimen interior e inspección se entenderán sin perjuicio de
las que, en virtud de convenio, puedan asignarse a la Abogacía del Estado.
Disposición adicional tercera.

Organización de la Seguridad de la Información.

cve: BOE-A-2022-845
Verificable en https://www.boe.es

De acuerdo con la estructura mínima definida en el apartado 11 del Procedimiento de
organización de la seguridad, aprobado por el Consejo Rector en fecha 18 de diciembre
de 2019, corresponde la dirección de la organización, comprensiva de las
responsabilidades de información, servicio y fichero al titular de la dirección de régimen
interior, supervisión y control.
Reportando a aquel se asigna la responsabilidad de la seguridad, al titular del
servicio jurídico y la responsabilidad del sistema y administración de la seguridad, al
titular de la unidad informática.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X