III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2021-21000)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, por la que se publica el Convenio con las entidades participantes en el Programa de Ciencia de Datos "Infraestructura de datos para Medicina Personalizada".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Lunes 20 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 155917

un acuerdo de cotitularidad, en virtud del cual se establecerá entre las Partes los
porcentajes de titularidad de la patente u otros títulos de protección que se soliciten, la
asunción de costes de solicitud, extensión internacional y mantenimiento de dichos
títulos, la toma de decisiones con respecto a los contactos y negociaciones de contratos
de licencia o colaboración con terceras partes relacionados con dichos títulos, el reparto
de los potenciales ingresos generado por dichos contratos, así como cualesquiera otros
aspectos referidos al marco de protección explotación de los resultados que
considerasen de interés.
12.3 En cuanto a las distintas técnicas y metodologías de investigación
desarrolladas en el transcurso del Proyecto y como consecuencia del mismo, quedarán a
la disposición de las entidades participantes para su uso y empleo, con carácter general,
en nuevas investigaciones de carácter no comercial.
12.4 Tanto en publicaciones, como en patentes y otros títulos de propiedad
industrial e intelectual, se respetará siempre la mención a los autores de las
investigaciones que, en estas últimas, figurarán en calidad de inventores o autores
intelectuales.
12.5 En todas las actividades de investigación y difusión de resultados de este
Proyecto se deberá dar difusión al carácter público de la financiación de la actividad
subvencionada. Se deberá hacer referencia expresa al ISCIII como entidad financiadora,
citando el código de identificación IMP/00019 asignado al expediente y a la
cofinanciación Unión Europea, FEDER y citar de forma expresa el lema «Una manera de
hacer Europa».
12.6 En relación a la publicidad y acceso abierto regirá lo dispuesto en el
artículo 27 de la Resolución de Convocatoria. Dicha difusión también alcanzará al
etiquetado del material inventariable que se pudiera adquirir en su caso, con las
subvenciones concedidas, así como en los contratos laborales que se financien.
12.7 Tanto los resultados individuales como los conjuntos, en todo caso quedaran a
disposición del ISCIII y del sistema público de salud nacional y en su caso de cada
comunidad autónoma, a título gratuito.
Vigencia.

13.1 Este Convenio se perfeccionará en la fecha del último firmante vía electrónica,
de conformidad con lo previsto en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) y resultará eficaz una vez inscrito en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal (REOICO), al que se refiere la disposición adicional séptima de dicho
texto legal, debiendo publicarse a continuación en el «Boletín Oficial del Estado».
13.2 El presente Convenio permanecerá vigente hasta 31 diciembre de 2023. En el
caso de que no se hubiesen alcanzado los resultados previstos en el plazo establecido
se prorrogará el convenio siempre y cuando el órgano financiador lo autorice
expresamente. La prórroga deberá recogerse por escrito y formalizase mediante la
correspondiente Adenda.
13.3 Esta prórroga y cualquier eventual modificación al Convenio deberá ser
comunicada al Registro citado en el párrafo primero de la presente cláusula, en
consonancia con lo establecido en el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la
LRJSP y se deberá cumplir con los restantes trámites preceptivos para su firma y
eficacia. En todo caso, las obligaciones relativas a confidencialidad de la información y
de los resultados y de Propiedad Intelectual de tales resultados persistirán hasta un
plazo máximo de cinco (5) años tras el vencimiento de plazo de este Convenio o en su
caso, tras finalizar la prórroga.

cve: BOE-A-2021-21000
Verificable en https://www.boe.es

Decimotercera.