I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Política de empleo. (BOE-A-2021-20632)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de diciembre de 2021, por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2021, según lo establecido en el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Miércoles 15 de diciembre de 2021
4.2
Sec. I. Pág. 153386
Objetivos estratégicos.
A. Promover y potenciar la activación y mejora de la empleabilidad de personas
jóvenes menores de 30 años, con especial atención a quienes presentan mayores
necesidades de formación y riesgo de precariedad laboral, según su nivel formativo.
B. Promover la participación de las mujeres para impulsar su empleabilidad y
activación en el empleo.
C. Contribuir a la reducción de la duración del desempleo para poder hacer frente al
desempleo de larga duración y estructural, así como a la exclusión social.
D. Potenciar el empleo como principal instrumento de inclusión social, mejorando
de manera prioritaria la activación e inserción de personas pertenecientes a colectivos
especialmente afectados por el desempleo: personas desempleadas de larga duración y
mayores de 45 años.
4.3
Objetivos estructurales.
Eje 1.
Orientación:
Comprende las acciones, actuaciones o actividades de información, orientación
profesional, motivación, asesoramiento, diagnóstico y determinación del perfil profesional
y de competencias, diseño y gestión de la trayectoria individual de aprendizaje,
búsqueda de empleo, intermediación laboral y, en resumen, las actuaciones de apoyo a
la inserción de las personas beneficiarias.
Este eje persigue medir la cobertura y el resultado de la atención de orientación
personalizada e intermediación laboral prestada a las personas demandantes por los
Servicios Públicos de Empleo.
Comprende un objetivo, siendo el siguiente:
1.1 Promover la inserción de calidad mediante actuaciones de información,
diagnóstico e itinerario personalizado.
Formación:
Comprende las acciones, actuaciones o actividades de formación profesional para el
empleo en el ámbito laboral, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o
reciclaje profesional y de formación en alternancia con la actividad laboral, incluidos los
programas públicos de empleo y formación, que permitan al beneficiario adquirir
competencias o mejorar su experiencia profesional, para mejorar su cualificación y
facilitar su inserción laboral.
Hay que resaltar que en esta edición los servicios y programas comunes del Eje 2Formación se han adaptado al nuevo ámbito competencial circunscrito a especialidades
formativas no vinculadas a la obtención de certificados de profesionalidad, incluidas en el
Catálogo de especialidades formativas, así como al traspaso de competencias al
Ministerio de Educación y Formación Profesional en materia de coordinación de la red de
Centros de Referencia Nacional y del procedimiento de evaluación y acreditación de las
competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y vías no
formales de formación; por lo que las citadas materias objeto de traspaso afecta también
a los objetivos establecidos en la Estrategia Española de Activación para el
Empleo 2017-2020.
Este eje persigue medir el esfuerzo para la adecuación de la oferta formativa a las
necesidades del mercado de trabajo.
Comprende un objetivo, siendo el siguiente:
2.1 Ajustar la oferta formativa a las necesidades del mercado de trabajo y a la
mejora de la competitividad del tejido productivo, con especial atención a las
competencias clave y digitales, asimismo, evaluando la formación vinculada a
contratación y obtención de experiencia laboral.
cve: BOE-A-2021-20632
Verificable en https://www.boe.es
Eje 2.
Núm. 299
Miércoles 15 de diciembre de 2021
4.2
Sec. I. Pág. 153386
Objetivos estratégicos.
A. Promover y potenciar la activación y mejora de la empleabilidad de personas
jóvenes menores de 30 años, con especial atención a quienes presentan mayores
necesidades de formación y riesgo de precariedad laboral, según su nivel formativo.
B. Promover la participación de las mujeres para impulsar su empleabilidad y
activación en el empleo.
C. Contribuir a la reducción de la duración del desempleo para poder hacer frente al
desempleo de larga duración y estructural, así como a la exclusión social.
D. Potenciar el empleo como principal instrumento de inclusión social, mejorando
de manera prioritaria la activación e inserción de personas pertenecientes a colectivos
especialmente afectados por el desempleo: personas desempleadas de larga duración y
mayores de 45 años.
4.3
Objetivos estructurales.
Eje 1.
Orientación:
Comprende las acciones, actuaciones o actividades de información, orientación
profesional, motivación, asesoramiento, diagnóstico y determinación del perfil profesional
y de competencias, diseño y gestión de la trayectoria individual de aprendizaje,
búsqueda de empleo, intermediación laboral y, en resumen, las actuaciones de apoyo a
la inserción de las personas beneficiarias.
Este eje persigue medir la cobertura y el resultado de la atención de orientación
personalizada e intermediación laboral prestada a las personas demandantes por los
Servicios Públicos de Empleo.
Comprende un objetivo, siendo el siguiente:
1.1 Promover la inserción de calidad mediante actuaciones de información,
diagnóstico e itinerario personalizado.
Formación:
Comprende las acciones, actuaciones o actividades de formación profesional para el
empleo en el ámbito laboral, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o
reciclaje profesional y de formación en alternancia con la actividad laboral, incluidos los
programas públicos de empleo y formación, que permitan al beneficiario adquirir
competencias o mejorar su experiencia profesional, para mejorar su cualificación y
facilitar su inserción laboral.
Hay que resaltar que en esta edición los servicios y programas comunes del Eje 2Formación se han adaptado al nuevo ámbito competencial circunscrito a especialidades
formativas no vinculadas a la obtención de certificados de profesionalidad, incluidas en el
Catálogo de especialidades formativas, así como al traspaso de competencias al
Ministerio de Educación y Formación Profesional en materia de coordinación de la red de
Centros de Referencia Nacional y del procedimiento de evaluación y acreditación de las
competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y vías no
formales de formación; por lo que las citadas materias objeto de traspaso afecta también
a los objetivos establecidos en la Estrategia Española de Activación para el
Empleo 2017-2020.
Este eje persigue medir el esfuerzo para la adecuación de la oferta formativa a las
necesidades del mercado de trabajo.
Comprende un objetivo, siendo el siguiente:
2.1 Ajustar la oferta formativa a las necesidades del mercado de trabajo y a la
mejora de la competitividad del tejido productivo, con especial atención a las
competencias clave y digitales, asimismo, evaluando la formación vinculada a
contratación y obtención de experiencia laboral.
cve: BOE-A-2021-20632
Verificable en https://www.boe.es
Eje 2.