II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-20688)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, con la categoría de Auxiliar de Servicios, para personas que acrediten discapacidad intelectual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de diciembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 153778

Servicios Provinciales del Ministerio u organismos correspondientes de las comunidades
autónomas.
e) Certificación de los órganos competentes en materia de servicios sociales, que
acredite la condición de personas con discapacidad intelectual y su compatibilidad para
el desempeño de las tareas y funciones de las plazas a las que han sido seleccionados.
Su presentación tendrá lugar mediante escrito dirigido al Sr. Rector Magnífico de la
Universidad de Valladolid (Rectorado, Palacio de Santa Cruz, Pza. del Colegio de Santa
Cruz, 8, CP 47002, Valladolid) al que habrá de adjuntarse la documentación
correspondiente referida anteriormente justificativa del cumplimiento de los requisitos
para la contratación como personal laboral fijo mediante copia auténtica de los mismos.
10.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratados, y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
10.3 La adjudicación de destinos se realizará por el orden de puntuación obtenida
en la lista señalada en la base 9.6 y a la vista de las peticiones efectuadas por los
aspirantes. Esta petición de destinos será realizada por los aspirantes aprobados previa
oferta de plazas vacantes por la Gerencia de la Universidad.
10.4 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la presente base y efectuada
la elección de destino por parte de los aspirantes, el Rectorado de la Universidad de
Valladolid dictará Resolución, vista la propuesta del Tribunal, en virtud de la cual se
adjudican a los aspirantes aprobados las plazas convocadas con indicación expresa de
sus correspondientes destinos. Esta Resolución será objeto de publicación en los
lugares indicados en la base 4.4.
10.5 En esta Resolución se establecerá para cada aspirante la fecha de
incorporación al puesto de trabajo obtenido. A estos efectos, y con anterioridad a la
fecha de incorporación fijada, los aspirantes se personarán en el Servicio de Gestión de
Personal de Administración y Servicios de esta Universidad (Edificio de la Casa del
Estudiante, calle Real de Burgos s/n, Valladolid) a fin de formalizar los correspondientes
contratos laborales. Una vez formalizado el contrato de trabajo y hecha efectiva la
incorporación al puesto de trabajo en la fecha fijada, tendrá lugar el inicio de la
percepción económica.
El aspirante aprobado que sin causa justificada no formalice el contrato de trabajo o
el que, habiendo firmado el contrato, no se incorpore al puesto de trabajo asignado en la
fecha establecida para ello, se entenderá que renuncia a la condición de trabajador fijo
de la categoría obtenida, causando baja en ésta, excepto que en la formalización del
contrato solicite la declaración de excedencia voluntaria por cuidado de hijo o familiar, la
excedencia voluntaria por incompatibilidad o la excedencia forzosa.
10.6 Tras la incorporación, el trabajador deberá realizar un período de prueba
de 1 mes, de conformidad con el art. 17 del Convenio Colectivo.
Superado satisfactoriamente el período de prueba, los interesados adquirirán la
condición de personal laboral fijo. No será exigible el período de prueba cuando el
trabajador ya haya desempeñado las mismas funciones en la Universidad de Valladolid
por un período igual o superior al establecido bajo cualquier modalidad contractual.
10.7 Durante el período de prueba, los aspirantes contratados recibirán la
formación necesaria que facilite su integración en el puesto de trabajo.
10.8 Una vez finalizado el proceso selectivo, la Gerencia de la Universidad
elaborará una «Bolsa de Empleo», para la selección de personal temporal con
discapacidad intelectual en aquellas ofertas de trabajo, según se determine, relacionadas
con las funciones de las plazas objeto de esta convocatoria que pudieran producirse
eventualmente, en la que podrán figurar aquellos aspirantes que hayan expresado su
voluntad de pertenecer a la respectiva Bolsa de Empleo, según hayan hecho constar en
su solicitud de participación, teniéndose en cuenta para su inclusión las puntuaciones
obtenidas por aquellos que no hayan superado el proceso selectivo y conforme a la

cve: BOE-A-2021-20688
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