II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-20550)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, para personas con diversidad funcional intelectual, por concurso-oposición, a la categoría de Auxiliar de Servicios (Subgrupo C2).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de diciembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 152776

8.10 Bolsa de empleo temporal. De conformidad con los criterios establecidos al
respecto en el ámbito de la Universitat Politècnica de València, se confeccionará una
bolsa de empleo temporal con el personal aspirante que, habiendo participado en las
pruebas de acceso al grupo, sector, categoría/escala de la convocatoria, haya aprobado
algún ejercicio de los que constituyen el proceso selectivo, según el orden de prioridad
que se obtenga por la puntuación alcanzada, y con preferencia de los que hayan
aprobado mayor número de ejercicios sumándose a tal efecto la puntuación obtenida en
la fase de concurso. Los criterios de ordenación y llamamiento serán los establecidos en
el ámbito de la Universitat Politècnica de València.
De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, atendiendo al Acuerdo
en vigor en esta materia en el ámbito de esta Universitat; así como a los criterios
establecidos al respecto en el ámbito de la Universitat Politècnica se podrá recurrir a esta
Bolsa de Empleo Temporal para efectuar nombramientos provisionales por mejora de
empleo.
Esta bolsa de empleo temporal, incluyendo el orden de prioridad se publicará de
conformidad con la base 15.2 de esta convocatoria.
Las personas que conformen esta bolsa de empleo temporal, deberán acreditar la
misma documentación que se requiere en esta misma convocatoria a las personas
aspirantes propuestas para su nombramiento como personal funcionario de carrera. Esta
documentación se presentará ante el Servicio de Recursos Humanos, una vez sean
llamadas para el nombramiento como personal funcionario interino, contratos temporales
o nombramiento temporal por mejora de empleo, excepto la referida en el apartado 12.1,
punto f), que se aportará en el plazo de 20 días establecida en la misma base 12 de esta
convocatoria.
Quienes tuvieran la condición de personal funcionario público o de personal laboral al
servicio de la Universitat Politècnica de València estarán exentos de justificar las
condiciones y requisitos que ya tuvieran anteriormente acreditados ante la misma. En
todo caso deberán presentar obligatoriamente la documentación relativa a: certificación
médica de capacidad física y psíquica; certificación de acreditación discapacidad igual o
superior al treinta y tres por ciento en la que deberá constar expresamente que la
diversidad funcional es de origen intelectual limite/leve o moderada y su capacidad para
el desempeño del puesto ofertado y los documentos acreditativos de la exención del
pago de tasas de conformidad con su solicitud.
Las personas que conformen la bolsa de empleo temporal, que dentro del plazo
establecido en el punto anterior, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los
requisitos exigidos, no podrán ser nombradas personal funcionario interino, personal
contratado temporal o nombradas temporalmente por mejora de empleo, sin perjuicio de
la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
9. Desarrollo de las pruebas selectivas
9.1 Los ejercicios tendrán lugar en la ciudad de Valencia.
Este primer ejercicio de la fase de oposición, no se realizará hasta que hayan
transcurrido un mínimo de cuatro meses a contar desde la publicación del temario y se
realizará en el lugar, fecha y hora que, se establezca en la resolución por la que se
aprueba y publica en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», la lista definitiva de
personas admitidas y excluidas de las pruebas objeto de esta convocatoria, con una
antelación no inferior a quince días hábiles.
9.2 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento
único. Los miembros del tribunal de selección y el personal colaborador, no permitirán el
acceso a la sala, donde se realice el ejercicio, de aquellas personas que comparezcan
una vez concluido el llamamiento de las personas aspirantes convocadas.

cve: BOE-A-2021-20550
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Núm. 297