III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-20300)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Universitat Oberta de Catalunya, para la realización del proyecto «Pluriversalidades en diálogo: museo y universidad para la formación de artistas».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Miércoles 8 de diciembre de 2021
3.
Sec. III. Pág. 151193
Compromisos de las partes
Las partes se comprometen a desarrollar las acciones que se establecen en este
convenio.
a)
La UOC se compromete a:
– Coordinar en colaboración con el MNCARS y ejecutar el proyecto a través del
personal responsable designado por su parte.
– Desarrollar las actividades previstas en la cláusula dos [2] del presente convenio y
de su Anexo.
– Aportar el recurso humano necesario para desarrollar las actividades previstas en
la memoria del proyecto de investigación objeto del presente Convenio, de conformidad
con lo establecido en la cláusula quinta [5].
– Contribuir económicamente en la financiación del proyecto, de conformidad con lo
previsto en la cláusula sexta [6], del presente Convenio
b)
MNCARS se compromete a:
– Coordinar en colaboración con la UOC y ejecutar el proyecto a través del personal
responsable designado por su parte, y en diálogo con el Centro de Estudios del Museo.
– Desarrollar las actividades previstas en la cláusula dos [2] del presente Convenio y
de su Anexo.
– Permitir la utilización de los espacios (aula del Centro de Estudios, Auditorios y
Sala de Protocolo Nouvel,) de manera gratuita al equipo docente de la UOC que integre
el Grado en Artes para el desarrollo de las actividades previstas en la cláusula dos [2] de
este convenio. La coordinación y ejecución se realizará en diálogo con el Centro de
Estudios del MNCARS, como área en la que se enmarca el Grado en Artes de la UOC.
Los compromisos que asume el MNCARS en virtud del presente convenio no
suponen la ejecución de aportaciones económicas ni de costes con una imputación
específica en su presupuesto.
4.
Uso de espacios
– La UOC será responsable del cumplimiento de todas las obligaciones de carácter
laboral y prevención de riesgos laborales, civil, mercantil y fiscal que se deriven de la
contratación del personal que, en su caso, la UOC realice para el desarrollo de las
actividades, eximiendo expresamente al MNCARS de toda responsabilidad derivada del
incumplimiento de estas obligaciones.
La UOC será responsable de los daños que, por negligencia o mala utilización, su
personal (propio o contratado) cause al mobiliario o instalaciones del espacio.
Las fechas y espacios concretos para los que se destina el uso, se determinarán de
común acuerdo por las partes en el marco de la comisión de vigilancia y seguimiento
prevista en la cláusula 15 de este convenio.
– El calendario y horario acordado entre el MNCARS y la UOC para el uso de los
espacios podrá ser variado en última instancia por el MNCARS, debido a circunstancias
cve: BOE-A-2021-20300
Verificable en https://www.boe.es
Las actividades organizadas conjuntamente por las partes previstas en la cláusula 2
del convenio se desarrollarán en los espacios del MNCARS, siempre y cuando los
indicados espacios estén disponibles y no deban destinarse a otras actividades de mayor
interés público.
La utilización de los espacios se efectuará de forma que no afecte a la debida
conservación de los fondos que alberga el MNCARS ni a sus instalaciones, ni impida el
normal desarrollo y funcionamiento de las actividades del organismo. A tal efecto, la
UOC se compromete a cumplir las instrucciones que puntualmente le comunique el
MNCARS.
Núm. 293
Miércoles 8 de diciembre de 2021
3.
Sec. III. Pág. 151193
Compromisos de las partes
Las partes se comprometen a desarrollar las acciones que se establecen en este
convenio.
a)
La UOC se compromete a:
– Coordinar en colaboración con el MNCARS y ejecutar el proyecto a través del
personal responsable designado por su parte.
– Desarrollar las actividades previstas en la cláusula dos [2] del presente convenio y
de su Anexo.
– Aportar el recurso humano necesario para desarrollar las actividades previstas en
la memoria del proyecto de investigación objeto del presente Convenio, de conformidad
con lo establecido en la cláusula quinta [5].
– Contribuir económicamente en la financiación del proyecto, de conformidad con lo
previsto en la cláusula sexta [6], del presente Convenio
b)
MNCARS se compromete a:
– Coordinar en colaboración con la UOC y ejecutar el proyecto a través del personal
responsable designado por su parte, y en diálogo con el Centro de Estudios del Museo.
– Desarrollar las actividades previstas en la cláusula dos [2] del presente Convenio y
de su Anexo.
– Permitir la utilización de los espacios (aula del Centro de Estudios, Auditorios y
Sala de Protocolo Nouvel,) de manera gratuita al equipo docente de la UOC que integre
el Grado en Artes para el desarrollo de las actividades previstas en la cláusula dos [2] de
este convenio. La coordinación y ejecución se realizará en diálogo con el Centro de
Estudios del MNCARS, como área en la que se enmarca el Grado en Artes de la UOC.
Los compromisos que asume el MNCARS en virtud del presente convenio no
suponen la ejecución de aportaciones económicas ni de costes con una imputación
específica en su presupuesto.
4.
Uso de espacios
– La UOC será responsable del cumplimiento de todas las obligaciones de carácter
laboral y prevención de riesgos laborales, civil, mercantil y fiscal que se deriven de la
contratación del personal que, en su caso, la UOC realice para el desarrollo de las
actividades, eximiendo expresamente al MNCARS de toda responsabilidad derivada del
incumplimiento de estas obligaciones.
La UOC será responsable de los daños que, por negligencia o mala utilización, su
personal (propio o contratado) cause al mobiliario o instalaciones del espacio.
Las fechas y espacios concretos para los que se destina el uso, se determinarán de
común acuerdo por las partes en el marco de la comisión de vigilancia y seguimiento
prevista en la cláusula 15 de este convenio.
– El calendario y horario acordado entre el MNCARS y la UOC para el uso de los
espacios podrá ser variado en última instancia por el MNCARS, debido a circunstancias
cve: BOE-A-2021-20300
Verificable en https://www.boe.es
Las actividades organizadas conjuntamente por las partes previstas en la cláusula 2
del convenio se desarrollarán en los espacios del MNCARS, siempre y cuando los
indicados espacios estén disponibles y no deban destinarse a otras actividades de mayor
interés público.
La utilización de los espacios se efectuará de forma que no afecte a la debida
conservación de los fondos que alberga el MNCARS ni a sus instalaciones, ni impida el
normal desarrollo y funcionamiento de las actividades del organismo. A tal efecto, la
UOC se compromete a cumplir las instrucciones que puntualmente le comunique el
MNCARS.