III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Actividades investigadoras. (BOE-A-2021-20304)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija el procedimiento para la expedición de las certificaciones I3 a efectos de lo establecido en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 8 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 151237

ANEXO III
Documentación acreditativa de los requisitos exigidos
El solicitante deberá presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los
requisitos establecidos en el punto cuarto de esta resolución, preferentemente en
formato digital:
Para el requisito establecido en el apartado a):
– Título de Doctor/a.
Para el requisito establecido en el apartado b):
– Certificados u hoja de servicios prestados emitidos por la universidad o centro I+D
correspondiente en los que se indique la duración y servicios prestados, o bien
– Contratos de trabajo en los que se indique la universidad o centro I+D contratante,
la duración y el tipo de servicios prestados.
– En su caso, certificado de la universidad o centro I+D en la que se ha prestado
servicios en el que se indiquen las funciones realizadas.
Para la valoración de la experiencia posdoctoral debe haberse desarrollado una labor
docente o investigadora a tiempo completo no inferior a veinticuatro meses en
universidades o centros de I+D españoles y/o extranjeros diferentes al de la defensa de
la tesis doctoral. En el caso de realización de estancias o movilidades mientras se ha
estado prestando servicios en el centro I+D o universidad en la que se ha defendido la
tesis doctoral, éstas serán contabilizadas como realizadas en un centro diferente,
aunque la relación contractual se mantenga con la entidad de origen. Esta circunstancia
deberá acreditarse.
Para el requisito establecido en el apartado c):
– Declaración responsable de no pertenecer a los Cuerpos de Catedráticos de
Universidad o de Profesor Titular de Universidad, ni estar contratado/a en una
universidad pública española como Profesor Contratado Doctor (o figuras equivalentes
de agencias autonómicas).
Para el requisito establecido en el apartado d):
– Documentación justificativa de ser o haber sido investigador beneficiario de un
programa de excelencia nacional, cuya convocatoria corresponda a un departamento
ministerial o administración autonómica, o ser o haber sido investigador en un programa
de excelencia internacional (véase anexo V para más información sobre los programas a
los que la Secretaría General de Universidades reconoce un nivel de calidad ajustado a
los propósitos de esta resolución).
Para el requisito establecido en el apartado e):

No será necesario aportar la documentación acreditativa de los méritos del
curriculum vitae.

cve: BOE-A-2021-20304
Verificable en https://www.boe.es

– Curriculum vitae completo, en español o en inglés, en formato CVA.
– Modelo para la valoración de la actividad investigadora según el formato del anexo IV.