III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Programas de termalismo social. (BOE-A-2021-19629)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para pensionistas que deseen participar en el Programa de Termalismo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284
Sábado 27 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 146194
necesario que los dos reúnan los mismos requisitos en cuanto a participación para
obtener una mayor puntuación.
5.
Si el titular de la solicitud es miembro de una familia numerosa.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del anexo del Real Decreto
1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003,
de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, por medio de esta variable
se prima la situación de pertenencia a familia numerosa.
Para fijar la puntuación asignada a un expediente se tendrá en cuenta la categoría en
la que está clasificada la familia numerosa. La puntuación máxima que se ha estimado
para esta variable es de 24 puntos, distribuidos de acuerdo con los siguientes criterios
– Si el titular de la solicitud es miembro de una familia numerosa de categoría
general: 12 puntos.
– Si el titular de la solicitud es miembro de una familia numerosa de categoría
especial: 24 puntos.
Si, una vez valoradas todas las variables contempladas en el baremo, existen
expedientes con igual puntuación, se ordenarán de acuerdo con la fecha de nacimiento
de la persona solicitante.
Por otra parte, si dos personas solicitantes desean que sus expedientes se unan
entre sí, de tal forma que en el proceso de adjudicación de plazas se adjudique plaza a
los dos o a ninguno de ellos, deberán rellenar el apartado correspondiente de la solicitud
y cumplir las instrucciones que en la misma se señalan.
En este caso, sus expedientes se baremarán de forma individual y la valoración final,
en los dos procesos generales de adjudicación de plazas contemplados en el artículo 8
de la Resolución de convocatoria, será igual a la media aritmética de sus puntuaciones.
En el supuesto de personas beneficiarias que, haciendo uso de la posibilidad
contemplada en el artículo 9.4 de la Orden SSI/1688/2015, de 30 de julio, hayan
presentado solicitud para las dos fases del programa y en la primera fase del mismo
hayan disfrutado de plaza, en el expediente de la segunda fase se aplicará el baremo y
de la puntuación final obtenida, se deducirán 60 puntos, para posibilitar que estos
expedientes queden en la lista de espera de plazas a continuación de las últimas
personas solicitantes que no haya disfrutado de un turno. En estos casos, se cuidará el
que hayan transcurridos al menos seis meses entre el disfrute del primer y segundo
turno de estancia, para optimizar los beneficios del tratamiento termal.
ANEXO IV
Distribución provincial de plazas
Andalucía
Plazas asignadas
a cada provincia
30.774
Almería.
2.316
Cádiz.
4.410
Córdoba.
3.148
Granada.
3.477
Huelva.
1.857
Jaén.
2.511
Málaga.
6.255
Sevilla.
6.800
cve: BOE-A-2021-19629
Verificable en https://www.boe.es
Comunidad Autónoma y Provincia
Núm. 284
Sábado 27 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 146194
necesario que los dos reúnan los mismos requisitos en cuanto a participación para
obtener una mayor puntuación.
5.
Si el titular de la solicitud es miembro de una familia numerosa.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del anexo del Real Decreto
1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003,
de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, por medio de esta variable
se prima la situación de pertenencia a familia numerosa.
Para fijar la puntuación asignada a un expediente se tendrá en cuenta la categoría en
la que está clasificada la familia numerosa. La puntuación máxima que se ha estimado
para esta variable es de 24 puntos, distribuidos de acuerdo con los siguientes criterios
– Si el titular de la solicitud es miembro de una familia numerosa de categoría
general: 12 puntos.
– Si el titular de la solicitud es miembro de una familia numerosa de categoría
especial: 24 puntos.
Si, una vez valoradas todas las variables contempladas en el baremo, existen
expedientes con igual puntuación, se ordenarán de acuerdo con la fecha de nacimiento
de la persona solicitante.
Por otra parte, si dos personas solicitantes desean que sus expedientes se unan
entre sí, de tal forma que en el proceso de adjudicación de plazas se adjudique plaza a
los dos o a ninguno de ellos, deberán rellenar el apartado correspondiente de la solicitud
y cumplir las instrucciones que en la misma se señalan.
En este caso, sus expedientes se baremarán de forma individual y la valoración final,
en los dos procesos generales de adjudicación de plazas contemplados en el artículo 8
de la Resolución de convocatoria, será igual a la media aritmética de sus puntuaciones.
En el supuesto de personas beneficiarias que, haciendo uso de la posibilidad
contemplada en el artículo 9.4 de la Orden SSI/1688/2015, de 30 de julio, hayan
presentado solicitud para las dos fases del programa y en la primera fase del mismo
hayan disfrutado de plaza, en el expediente de la segunda fase se aplicará el baremo y
de la puntuación final obtenida, se deducirán 60 puntos, para posibilitar que estos
expedientes queden en la lista de espera de plazas a continuación de las últimas
personas solicitantes que no haya disfrutado de un turno. En estos casos, se cuidará el
que hayan transcurridos al menos seis meses entre el disfrute del primer y segundo
turno de estancia, para optimizar los beneficios del tratamiento termal.
ANEXO IV
Distribución provincial de plazas
Andalucía
Plazas asignadas
a cada provincia
30.774
Almería.
2.316
Cádiz.
4.410
Córdoba.
3.148
Granada.
3.477
Huelva.
1.857
Jaén.
2.511
Málaga.
6.255
Sevilla.
6.800
cve: BOE-A-2021-19629
Verificable en https://www.boe.es
Comunidad Autónoma y Provincia