II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria. (BOE-A-2021-16549)
Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para acceso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Miércoles 13 de octubre de 2021

Sec. II.B. Pág. 124557

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará con arreglo a las siguientes
claves: «L» Sistema general de acceso libre.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará
«Subsecretaría de Interior».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán
indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en
el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará «la titulación que se
posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la base específica 4
de esta convocatoria.»
En el recuadro 27, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», deberá
consignarse el idioma elegido para la realización del cuarto ejercicio.
La tasa por derechos de examen será con carácter general de 30,79 euros, y para
las familias numerosas de categoría general de 15,40 euros.
El importe del ingreso se realizará en los términos previstos en la Orden
HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministerio de Hacienda, por la que se establecen los
supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril,
de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de tasas por derechos de examen
cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por
tanto no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes
que la cursen en el extranjero, éstos podrán presentarla en las representaciones
diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el
comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182/2458/10/0200006043 (IBAN: ES10, código BIC: BBVAESMMXXX)
del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria. Oficina Institucional, título de cuenta «Tesoro
Público. Ministerio del Interior. Tasas recaudadas en el extranjero». El ingreso podrá
efectuarse directamente en cualquier oficina del BBVA, mediante transferencia desde
cualquier entidad bancaria.

cve: BOE-A-2021-16549
Verificable en https://www.boe.es

Las solicitudes se dirigirán a la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, c/
Alcalá, 38, 28014 Madrid.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X