I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2021-16232)
Real Decreto 852/2021, de 5 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de octubre de 2021

Sec. I. Pág. 122122

b) La elaboración y tramitación del anteproyecto de presupuesto del
Departamento y de sus organismos, de las modificaciones presupuestarias del
Departamento y las que correspondan de los organismos adscritos, así como el
informe y asistencia técnica en materia presupuestaria y las funciones
encomendadas a las oficinas presupuestarias.
c) La gestión económico-financiera y de tesorería de los créditos
presupuestarios del Departamento; las funciones de habilitación y pagaduría; la
tramitación de los expedientes de contratación y demás expedientes de gasto no
atribuidos a otros órganos del Departamento, así como la programación y
contabilización previa de los créditos presupuestarios.
d) El desarrollo de la gestión en el Departamento del régimen interior, de la
seguridad, del patrimonio, de las obras y de los servicios técnicos de
mantenimiento, el equipamiento de las Unidades, así como la planificación y
seguimiento de la ejecución de los contratos relativos a estas materias.
e) La planificación, dirección y coordinación de los desarrollos de los
sistemas horizontales del Ministerio de Sanidad; la elaboración, preparación y
propuesta de necesidades de los recursos tecnológicos correspondientes; y la
dirección y coordinación de la publicación de contenidos y procedimientos del
portal web, sede electrónica e Intranet.
f) La elaboración, desarrollo y ejecución de los planes de digitalización del
departamento, así como el impulso y seguimiento de los planes de trasformación
digital de la Administración General del Estado, en el ámbito del Ministerio de Sanidad,
sin perjuicio de las competencias de otras unidades y de la coordinación con estas.
g) La dirección y gestión integral del puesto de trabajo digital, incluyendo el
soporte a usuarios y sedes, la provisión y gestión de equipamientos y los servicios
asociados.
h) La coordinación y supervisión, en colaboración con la Dirección General
de Salud Digital y Sistemas de Información del Sistema Nacional de Salud, de las
actuaciones en el ámbito de las tecnologías de la información y las
comunicaciones que desarrollen los órganos directivos y organismos del
Departamento, incluyendo la tramitación ante la Comisión Ministerial de
Administración Digital de las propuestas correspondientes a este ámbito.
i) La planificación y ejecución presupuestaria en materia de tecnologías de la
información y transformación digital en el ámbito de sus competencias, así como
su ejecución y el seguimiento asociado sin perjuicio de las competencias de otras
unidades y de la coordinación con estas. Asimismo, el impulso de los expedientes
de contratación y seguimiento contractual de los acuerdos de niveles de servicio.
j) Las funciones que la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y sus disposiciones de
desarrollo, atribuyen a las Unidades de Información, en el ámbito del Ministerio de
Sanidad, así como el apoyo en la coordinación de las iniciativas en materia de
gobierno abierto en el ámbito del Ministerio.
k) El establecimiento y gestión de los sistemas de información del Ministerio
de Sanidad dirigidos a los ciudadanos.
l) La atención a los ciudadanos sobre el modo de acceso a los servicios,
procedimientos, ayudas y subvenciones de la competencia del Ministerio de Sanidad.
m) La realización y coordinación de las campañas de publicidad institucional del
Departamento, con la colaboración de las distintas Unidades proponentes de las
mismas.
n) La realización de acciones informativas y divulgativas en materias propias
del Departamento, sin perjuicio de las atribuidas expresamente a otro órgano.
ñ) La ejecución y evaluación de los programas de inspección de los servicios del
Departamento y de las entidades del sector público institucional que tenga adscritas.
o) La propuesta de simplificación y racionalización de procedimientos, la
realización de estudios y las propuestas sobre la mejora de la organización.

cve: BOE-A-2021-16232
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Núm. 239