II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-12585)
Resolución de 13 de julio de 2021, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de concurso-oposición, a la Escala Administrativa, Subgrupo C1.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 90533
7.6 Finalizado el plazo de presentación de documentación establecido en la base
anterior, el tribunal de selección publicará de conformidad con lo establecido en la
base 14.2 de esta convocatoria, la lista provisional de valoraciones de la fase de
concurso, se concederá un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente
al de su publicación para que las personas interesadas formulen las alegaciones y
subsanaciones de errores que estimen pertinentes en relación a su baremación.
7.7 Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones el tribunal dictará
resolución fijando la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas.
Para la confección de esta relación se sumarán las calificaciones obtenidas por cada
persona aspirante en la fase de oposición y en la fase de concurso. A continuación, se
ordenarán por orden de puntuación de mayor a menor, interrumpiéndose la relación
cuando el número de personas aspirantes coincida con el número de plazas
convocadas. La publicación de esta relación se efectuará de conformidad con la
base 14.2 de esta convocatoria.
7.8 Los empates, se dirimirán en favor de las personas con diversidad funcional. Si
el empate se produce entre dichas personas, se elegirá a quien tenga acreditado un
mayor porcentaje de discapacidad.
Si persistiese dicho empate entre dichas personas o las personas empatadas no
tienen diversidad funcional, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición en la segunda parte.
Si se mantuviese dicho empate, el mismo se resolverá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición en la primera parte.
En el supuesto perdure dicho empate, se atenderá a la fase de concurso en lo que se
refiere al apartado de experiencia profesional. En última instancia, el orden se
establecerá por el orden de actuación contemplado en la base 8.3 de esta convocatoria.
7.9 En ningún caso el tribunal podrá declarar que han superado las pruebas
selectivas un número superior al de plazas convocadas.
7.10 En el supuesto de que el número de personas aspirantes aprobadas fuera
inferior al de plazas convocadas, las sobrantes se declararán desiertas.
7.11 Bolsa de empleo temporal. De conformidad con los criterios establecidos al
respecto en el ámbito de la Universitat Politècnica de Valencia, se confeccionará una
bolsa de empleo temporal con el personal aspirante que, habiendo participado en las
pruebas de acceso al grupo, sector, categoría/escala de la convocatoria, hayan aprobado
al menos la primera parte del ejercicio único de la fase de oposición que constituye el
proceso selectivo, según el orden de prioridad que se obtenga por la puntuación
alcanzada, y con preferencia de los que hayan aprobado la fase de oposición,
sumándose en este caso la puntuación obtenida en la fase de concurso. Los criterios de
ordenación y llamamiento serán los establecidos en el ámbito de la Universitat
Politècnica de València.
De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, atendiendo al Acuerdo
en vigor en esta materia en el ámbito de esta Universitat; así como a los criterios
establecidos al respecto en el ámbito de la Universitat Politècnica se podrá recurrir a esta
Bolsa de Empleo Temporal para efectuar nombramientos provisionales por mejora de
empleo.
Esta bolsa de empleo temporal, incluyendo el orden de prioridad se publicará de
conformidad con la base 14.2 de esta convocatoria.
Las personas que conformen esta bolsa de empleo temporal, deberán acreditar la
misma documentación que se requiere en esta convocatoria a las personas aspirantes
propuestas para su nombramiento como personal funcionario de carrera. Esta
documentación se presentará ante el Servicio de Recursos Humanos, una vez sean
llamados para el nombramiento como personal funcionario interino, contratos temporales
o nombramiento temporal por mejora de empleo, excepto la referida en el apartado 11.1
punto g) que se aportará en el plazo de 20 días establecida en la misma base 11 de esta
convocatoria.
cve: BOE-A-2021-12585
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 178
Martes 27 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 90533
7.6 Finalizado el plazo de presentación de documentación establecido en la base
anterior, el tribunal de selección publicará de conformidad con lo establecido en la
base 14.2 de esta convocatoria, la lista provisional de valoraciones de la fase de
concurso, se concederá un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente
al de su publicación para que las personas interesadas formulen las alegaciones y
subsanaciones de errores que estimen pertinentes en relación a su baremación.
7.7 Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones el tribunal dictará
resolución fijando la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas.
Para la confección de esta relación se sumarán las calificaciones obtenidas por cada
persona aspirante en la fase de oposición y en la fase de concurso. A continuación, se
ordenarán por orden de puntuación de mayor a menor, interrumpiéndose la relación
cuando el número de personas aspirantes coincida con el número de plazas
convocadas. La publicación de esta relación se efectuará de conformidad con la
base 14.2 de esta convocatoria.
7.8 Los empates, se dirimirán en favor de las personas con diversidad funcional. Si
el empate se produce entre dichas personas, se elegirá a quien tenga acreditado un
mayor porcentaje de discapacidad.
Si persistiese dicho empate entre dichas personas o las personas empatadas no
tienen diversidad funcional, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición en la segunda parte.
Si se mantuviese dicho empate, el mismo se resolverá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición en la primera parte.
En el supuesto perdure dicho empate, se atenderá a la fase de concurso en lo que se
refiere al apartado de experiencia profesional. En última instancia, el orden se
establecerá por el orden de actuación contemplado en la base 8.3 de esta convocatoria.
7.9 En ningún caso el tribunal podrá declarar que han superado las pruebas
selectivas un número superior al de plazas convocadas.
7.10 En el supuesto de que el número de personas aspirantes aprobadas fuera
inferior al de plazas convocadas, las sobrantes se declararán desiertas.
7.11 Bolsa de empleo temporal. De conformidad con los criterios establecidos al
respecto en el ámbito de la Universitat Politècnica de Valencia, se confeccionará una
bolsa de empleo temporal con el personal aspirante que, habiendo participado en las
pruebas de acceso al grupo, sector, categoría/escala de la convocatoria, hayan aprobado
al menos la primera parte del ejercicio único de la fase de oposición que constituye el
proceso selectivo, según el orden de prioridad que se obtenga por la puntuación
alcanzada, y con preferencia de los que hayan aprobado la fase de oposición,
sumándose en este caso la puntuación obtenida en la fase de concurso. Los criterios de
ordenación y llamamiento serán los establecidos en el ámbito de la Universitat
Politècnica de València.
De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, atendiendo al Acuerdo
en vigor en esta materia en el ámbito de esta Universitat; así como a los criterios
establecidos al respecto en el ámbito de la Universitat Politècnica se podrá recurrir a esta
Bolsa de Empleo Temporal para efectuar nombramientos provisionales por mejora de
empleo.
Esta bolsa de empleo temporal, incluyendo el orden de prioridad se publicará de
conformidad con la base 14.2 de esta convocatoria.
Las personas que conformen esta bolsa de empleo temporal, deberán acreditar la
misma documentación que se requiere en esta convocatoria a las personas aspirantes
propuestas para su nombramiento como personal funcionario de carrera. Esta
documentación se presentará ante el Servicio de Recursos Humanos, una vez sean
llamados para el nombramiento como personal funcionario interino, contratos temporales
o nombramiento temporal por mejora de empleo, excepto la referida en el apartado 11.1
punto g) que se aportará en el plazo de 20 días establecida en la misma base 11 de esta
convocatoria.
cve: BOE-A-2021-12585
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 178