III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-12020)
Resolución de 5 de julio de 2021, de la Autoridad Portuaria de Castellón, por la que se publica el Convenio con la Generalitat Valenciana, para la mejora de la calidad del aire.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171
Lunes 19 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 86162
Ciudadana de la Comunitat Valenciana, las partes se comprometen a respetar la
confidencialidad de la información que se suministran en la ejecución de este Convenio.
Así mismo, las partes se obligan a cumplir las previsiones del Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos y por el cual se deroga la Directiva 95/46/CE (de ahora
en adelante RGPD) y de las específicas de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, en cuanto a los
datos personales que, como consecuencia de la ejecución, gestión u operaciones de
control de este Convenio, se tratan por cada una de estas o se comunican entre estas.
Vigésima primera.
Se publicará el texto íntegro, una vez suscrito, en el portal de transparencia de la
Generalitat GVA Abierta y en la página web de la Autoridad Portuaria de Castellón, en el
plazo de diez días hábiles desde la inscripción del Convenio en el Registro de Convenios
de la Generalitat, de acuerdo con los artículos 9.1.c) y 10.1 y 3 de la Ley 2/2015, de 2 de
abril de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la
Comunitat Valenciana y los artículos 3.4 y 12.2 del Decreto 105/2017, de 28 de julio, del
Consell, el cual desarrolla la Ley 2/2015 mencionada.
En Valencia, a fecha de la firma.–Por la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural,
Emergencia Climática y Desarrollo Rural de Valencia, Mireia Mollà Herrera.–Por la
Autoridad Portuaria de Castellón, Rafael Simó Sancho.
ANEXO I
Código de buenas prácticas ambientales relativa a las actuaciones de prevención,
reducción y control de la contaminación atmosférica en el Puerto de Castellón
Contenido:
1. Antecedentes.
2. Objeto y ámbito de aplicación.
3. Clasificación de graneles sólidos.
4. Actuaciones de prevención, reducción y control de la contaminación atmosférica.
Aprobado en el Consejo de Administración de fecha 2 de octubre de 2020.
1.
Antecedentes
1. Manipulación de la mercancía en la estiba.
2. Circulación del tráfico rodado.
3. Acopio de materiales.
4. Red de estaciones de medida de partículas.
5. Información medioambiental.
cve: BOE-A-2021-12020
Verificable en https://www.boe.es
La Autoridad Portuaria ha trabajado durante los dos últimos años en varias áreas de
actuación desarrollando acciones de protección ambiental, mayoritariamente
relacionadas con la disminución de partículas en la atmósfera. Los principales ámbitos
han sido:
Núm. 171
Lunes 19 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 86162
Ciudadana de la Comunitat Valenciana, las partes se comprometen a respetar la
confidencialidad de la información que se suministran en la ejecución de este Convenio.
Así mismo, las partes se obligan a cumplir las previsiones del Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos y por el cual se deroga la Directiva 95/46/CE (de ahora
en adelante RGPD) y de las específicas de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, en cuanto a los
datos personales que, como consecuencia de la ejecución, gestión u operaciones de
control de este Convenio, se tratan por cada una de estas o se comunican entre estas.
Vigésima primera.
Se publicará el texto íntegro, una vez suscrito, en el portal de transparencia de la
Generalitat GVA Abierta y en la página web de la Autoridad Portuaria de Castellón, en el
plazo de diez días hábiles desde la inscripción del Convenio en el Registro de Convenios
de la Generalitat, de acuerdo con los artículos 9.1.c) y 10.1 y 3 de la Ley 2/2015, de 2 de
abril de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la
Comunitat Valenciana y los artículos 3.4 y 12.2 del Decreto 105/2017, de 28 de julio, del
Consell, el cual desarrolla la Ley 2/2015 mencionada.
En Valencia, a fecha de la firma.–Por la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural,
Emergencia Climática y Desarrollo Rural de Valencia, Mireia Mollà Herrera.–Por la
Autoridad Portuaria de Castellón, Rafael Simó Sancho.
ANEXO I
Código de buenas prácticas ambientales relativa a las actuaciones de prevención,
reducción y control de la contaminación atmosférica en el Puerto de Castellón
Contenido:
1. Antecedentes.
2. Objeto y ámbito de aplicación.
3. Clasificación de graneles sólidos.
4. Actuaciones de prevención, reducción y control de la contaminación atmosférica.
Aprobado en el Consejo de Administración de fecha 2 de octubre de 2020.
1.
Antecedentes
1. Manipulación de la mercancía en la estiba.
2. Circulación del tráfico rodado.
3. Acopio de materiales.
4. Red de estaciones de medida de partículas.
5. Información medioambiental.
cve: BOE-A-2021-12020
Verificable en https://www.boe.es
La Autoridad Portuaria ha trabajado durante los dos últimos años en varias áreas de
actuación desarrollando acciones de protección ambiental, mayoritariamente
relacionadas con la disminución de partículas en la atmósfera. Los principales ámbitos
han sido: