III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-11163)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Autoridad Portuaria de Santander, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Lunes 5 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 79995

– El estudiante elaborará y entregará al tutor académico de la UIMP una memoria
final en la que deberán figurar, entre otros, los siguientes aspectos:
• Datos personales del estudiante.
• Entidad colaboradora en la que ha realizado las prácticas y lugar de ubicación.
• Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y
departamentos de la entidad a los que ha estado asignado.
• Valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias
adquiridos en relación con los estudios universitarios que cursa.
• Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su
resolución.
• Identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, han supuesto las
prácticas.
• Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora.
– El tutor académico de la UIMP, a la vista del informe del tutor de Autoridad
Portuaria de Santander y de la memoria final presentada por el estudiante, evaluará las
prácticas cumplimentando el correspondiente informe de valoración.
– La UIMP emitirá, a solicitud del estudiante, y a la vista del Informe de valoración de
su tutor, un documento acreditativo de las mismas, que contendrá al menos los
siguientes aspectos:
• Titular del documento.
• Entidad colaboradora donde se realizaron las prácticas.
• Descripción de la práctica especificando su duración y fechas de realización.
• Actividades realizadas.
• Aquellos otros que la UIMP considere convenientes.
Décima.

Bolsa o ayuda al estudio.

En concepto de bolsa o ayuda al estudio, Autoridad Portuaria de Santander podrá, si
lo considera oportuno, conceder a cada alumno participante en el programa una cantidad
mensual que dependerá del curso académico del alumno, de su dedicación horaria y del
tiempo de duración de la práctica. El importe, si lo hubiera, se recogerá en el anexo de
formalización de la práctica.
Undécima. Gastos de gestión del programa de prácticas por la UIMP.
La UIMP renuncia a percibir de Autoridad Portuaria de Santander cantidad alguna en
concepto de gastos vinculados a la gestión de los programas de prácticas cualquiera que
sea la modalidad de estas.
Finalización anticipada de las prácticas.

I. La UIMP se reserva la facultad de dar por finalizada una práctica por
incumplimiento por parte de Autoridad Portuaria de Santander de alguno de los
compromisos adquiridos en este Convenio y sus anexos.
Asimismo, la UIMP podrá solicitar la finalización de un periodo de prácticas en caso
de que su tutor académico valore que las actividades que se están desarrollando no
corresponden con lo pactado en el proyecto formativo y por tanto no son útiles para el
desarrollo de las capacidades y competencias curriculares del alumno, sin que este
hecho haya podido ser solucionado a través de la oportuna coordinación y comunicación
con el tutor designado por Autoridad Portuaria de Santander para dicha práctica. La
UIMP deberá notificar este hecho a Autoridad Portuaria de Santander, quien podrá
reorganizar las tareas del alumno o dar por finalizada la práctica en el plazo de diez días
desde la recepción de la notificación.

cve: BOE-A-2021-11163
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.