III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-10788)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Noia, por la que se deniega la inscripción de una representación gráfica de finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Martes 29 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 77682

IV
Contra la nota de calificación sustituida, doña B. T. B. interpuso recurso el día 15 de
marzo de 2021 mediante escrito en el que alegaba lo siguiente:
«Hechos:
1. Que soy titular con carácter ganancial de la finca registral 14.797 del
Ayuntamiento de Boira, perteneciente al Distrito Hipotecario de Noia, por compra a los
esposos don J. F. V. H. y doña M. A. B. N. en escritura otorgada el día 24 de septiembre
de 2020 ante el notario de Boiro, don José Prieto Luengo, número 1530 de protocolo,
inscrita en el Registro de la Propiedad al Tomo 968 del archivo, Libro 162.
II. Que con fecha 24 de septiembre de 2020 otorgué ante el notario de Boiro, don
José Prieto Luengo, número 1532 de protocolo, con ratificación de los anteriores
propietarios, los esposos don J. F. V. H. y doña M. A. B. N., escritura de rectificación de
superficie, ampliación de obra y declaración de edificaciones, la cual fue presentada en
el Registro de la Propiedad de Noia para su inscripción con fecha 23 de octubre de 2020,
asiento 1657 del Diario 113, solicitándose se procediese a la rectificación de la superficie
siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
III. Que con fecha 22 de enero de 2021 me fue notificada por el Registro de la
Propiedad calificación negativa de mi pretensión de rectificación de la finca de mi
propiedad como consecuencia de la alegación del colindante, don J. M. C. V., y por el
siguiente motivo y argumento:
“Se suspende la inscripción solicitada, (...) considerando la oposición expresa de un
colindante que alega la invasión de la finca de su titularidad, presentando, al efecto, una
representación gráfica alternativa a la catastral, validada positivamente en Catastro, y de
la que resultan unas coordenadas georreferenciadas distintas a la aportada por el
promovente del expediente de rectificación, y acompañando diversa documentación, de
la que resulta que no es pacifica la delimitación gráfica alternativa a la catastral
propuesta que se pretende inscribir.”
IV.

Que con fecha 27 de enero de 2021 solicité al Registro de la Propiedad:

– Certificación literal de las fincas de origen de la finca de mi propiedad, registrales
números 14.794 y 14.795, las cuales fueron agrupadas formando la número 14.797 del
Ayuntamiento de Boiro.
– Certificación literal, en el supuesto de que figurase inscrita, de la finca del
colindante don J. M. C. V.
– Testimonio de la documentación presentada por don J. M. C. V.

– Certificación literal de las fincas 14.794 y 14.795 del Ayuntamiento de Boiro, fincas
de origen, por agrupación, de la finca de mi propiedad.
– Certificación negativa de inscripción de la finca propiedad del colindante.
– Testimonio de las alegaciones, en las que el alegante/colindante manifiesta
simplemente que “por medio de la presente, muestro mi absoluta disconformidad con las
citadas pretensiones y me opongo tajantemente a las modificaciones instadas en el
expediente”, y “adjunto a la presente informe pericial, levantamiento topográfico y
validación gráfica alternativa”; sin más explicaciones y argumentos.
– Testimonio de dos documentos: escritura pública de compraventa otorgada el
día 11 de marzo de 2014 ante el notario de Boiro, don José Prieto Luengo, número 319
de protocolo, y copia del documento privado otorgado en (…) municipio de Boiro, el
día 16 de noviembre de 1958.

cve: BOE-A-2021-10788
Verificable en https://www.boe.es

V. Que con fecha 3 de febrero de 2021, en contestación a mi solicitud, me fue
expedida por el Registro de la Propiedad: