III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-10788)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Noia, por la que se deniega la inscripción de una representación gráfica de finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Martes 29 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 77680
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
10788
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Noia, por la que se deniega la inscripción
de una representación gráfica de finca.
En el recurso interpuesto por doña B. T. B. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Noia, don José Galán Villaverde, por la que se deniega la
inscripción de una representación gráfica de finca.
Hechos
I
Mediante escritura otorgada el día 24 de septiembre de 2020 ante el notario de Boiro,
don José Prieto Luengo, con el número 1.533 de protocolo, se solicitaba la inscripción de
la representación gráfica alternativa a la catastral de la finca registral número 14.797 del
término de Boiro y consecuente rectificación de su descripción, pasando de 440 a 614
metros cuadrados.
II
«Presentado el precedente documento a las diez horas y diecisiete minutos del día
veintitrés de octubre de dos mil veinte, asiento 1657 del Diario 113.
Iniciado con fecha veinte de noviembre de dos mil veinte el procedimiento previsto en
el artículo 199.2 de la L.H., y efectuadas las notificaciones correspondientes a los
titulares catastrales afectados, por no existir registrales colindantes, tal y como consta en
el expediente archivado con el número 3/2021 del legajo correspondiente abierto al
efecto (artículo 199 de la L.H.), se suspende la inscripción solicitada, una vez terminado
el procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, considerando la oposición
expresa de un colindante que alega invasión de la finca de su titularidad, presentando, al
efecto, una representación gráfica alternativa a la catastral, validada positivamente en
Catastro, y de la que resultan una coordenadas georreferenciadas distintas a la aportada
por el promovente del expediente de rectificación, y acompañando diversa
documentación, de la que resulta que no es pacífica la delimitación gráfica alternativa a
la catastral propuesta que se pretende inscribir; en consecuencia, tampoco se puede
acceder a la inscripción de la ampliación de obra y declaración de edificaciones hasta
que se resuelva el procedimiento anterior o se presente una nueve georreferenciación
alternativa que no resulte controvertida por los posibles colindantes afectados. Todo ello
conforme a los siguientes:
Hechos:
a) Doña B. T. B. casada con don J. J. C. M., es dueña, con carácter ganancial, de la
finca número 14.797, al folio 222 del Tomo 968 del Archivo, Libro 162 de Boiro, que se
describe así: “Casa de planta baja de ciento catorce metros cuadrados, sobre parte de una
finca de cuatrocientos cuarenta metros cuadrados, señalada con el número (…) municipio
de Boiro, que linda: Norte, riego de agua; Sur, herederos de M. V.; Este, herederos de M. V.
cve: BOE-A-2021-10788
Verificable en https://www.boe.es
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Noia, una vez tramitado
el procedimiento previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
Núm. 154
Martes 29 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 77680
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
10788
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Noia, por la que se deniega la inscripción
de una representación gráfica de finca.
En el recurso interpuesto por doña B. T. B. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Noia, don José Galán Villaverde, por la que se deniega la
inscripción de una representación gráfica de finca.
Hechos
I
Mediante escritura otorgada el día 24 de septiembre de 2020 ante el notario de Boiro,
don José Prieto Luengo, con el número 1.533 de protocolo, se solicitaba la inscripción de
la representación gráfica alternativa a la catastral de la finca registral número 14.797 del
término de Boiro y consecuente rectificación de su descripción, pasando de 440 a 614
metros cuadrados.
II
«Presentado el precedente documento a las diez horas y diecisiete minutos del día
veintitrés de octubre de dos mil veinte, asiento 1657 del Diario 113.
Iniciado con fecha veinte de noviembre de dos mil veinte el procedimiento previsto en
el artículo 199.2 de la L.H., y efectuadas las notificaciones correspondientes a los
titulares catastrales afectados, por no existir registrales colindantes, tal y como consta en
el expediente archivado con el número 3/2021 del legajo correspondiente abierto al
efecto (artículo 199 de la L.H.), se suspende la inscripción solicitada, una vez terminado
el procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, considerando la oposición
expresa de un colindante que alega invasión de la finca de su titularidad, presentando, al
efecto, una representación gráfica alternativa a la catastral, validada positivamente en
Catastro, y de la que resultan una coordenadas georreferenciadas distintas a la aportada
por el promovente del expediente de rectificación, y acompañando diversa
documentación, de la que resulta que no es pacífica la delimitación gráfica alternativa a
la catastral propuesta que se pretende inscribir; en consecuencia, tampoco se puede
acceder a la inscripción de la ampliación de obra y declaración de edificaciones hasta
que se resuelva el procedimiento anterior o se presente una nueve georreferenciación
alternativa que no resulte controvertida por los posibles colindantes afectados. Todo ello
conforme a los siguientes:
Hechos:
a) Doña B. T. B. casada con don J. J. C. M., es dueña, con carácter ganancial, de la
finca número 14.797, al folio 222 del Tomo 968 del Archivo, Libro 162 de Boiro, que se
describe así: “Casa de planta baja de ciento catorce metros cuadrados, sobre parte de una
finca de cuatrocientos cuarenta metros cuadrados, señalada con el número (…) municipio
de Boiro, que linda: Norte, riego de agua; Sur, herederos de M. V.; Este, herederos de M. V.
cve: BOE-A-2021-10788
Verificable en https://www.boe.es
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Noia, una vez tramitado
el procedimiento previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fue objeto de la
siguiente nota de calificación: