II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2021-10523)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 24 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 76057

En caso de realizarse la lectura del ejercicio por videoconferencia, se procederá a la
identificación del aspirante por parte de un miembro del Tribunal que actuará en su
nombre. La lectura del ejercicio se realizará en una sala de videoconferencia
acondicionada con los medios técnicos necesarios de forma que permita la conexión en
tiempo real entre el aspirante y el Tribunal. En la sala de videoconferencia el
representante del Tribunal verificará que no se disponga de material o instrumentos de
ayuda o consulta. Además, el aspirante deberá desconectar antes de la entrada a la sala
de videoconferencia, el teléfono móvil o cualquier dispositivo que permita la grabación,
reproducción, transmisión o recepción de datos, imágenes o sonidos.
Tercer ejercicio: Se tratará de un ejercicio de carácter práctico, consistirá en la
elaboración durante un tiempo máximo de tres horas, de un supuesto práctico acorde
con las competencias atribuidas a los funcionarios del Cuerpo Especial de Instituciones
Penitenciarias con base en las cuestiones e información documental que les facilite el
Tribunal y podrá versar sobre el contenido de todo el temario.
Una vez concluido el ejercicio o llegada la hora de su finalización, cada aspirante lo
firmará e introducirá en un sobre que será cerrado y firmado por el interesado y por un
miembro del Tribunal. El ejercicio será leído, previa acreditación de la persona del
aspirante, en la sede que se determine y en el día y hora que se les indique con
antelación suficiente, pudiendo ser por medio de videoconferencia, en la fecha que se
señale ante el Tribunal, y pudiendo este debatir con el aspirante el contenido del
ejercicio.
En caso de realizarse la lectura del ejercicio por videoconferencia, se procederá a la
identificación del aspirante por parte de un miembro del Tribunal que actuará en su
nombre. La lectura del ejercicio se realizará en una sala de videoconferencia
acondicionada con los medios técnicos necesarios de forma que permita la conexión en
tiempo real entre el aspirante y el Tribunal. En la sala de videoconferencia el
representante del Tribunal verificará que no se disponga de material o instrumentos de
ayuda o consulta. Además, el aspirante deberá desconectar antes de la entrada a la sala
de videoconferencia, el teléfono móvil o cualquier dispositivo que permita la grabación,
reproducción, transmisión o recepción de datos, imágenes o sonidos.
Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de
las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Finalizada la fase de oposición, en caso de empate, el orden se establecerá
atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
2.º Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
3.º Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen
de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios.
En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su
realización.
B)

Periodo de prácticas

El Período de Prácticas tendrá una duración total inferior a doce meses y se regulará
por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias en la que se fijará
el órgano encargado de efectuar la evaluación, duración de las fases, programa, en el
que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en
materia de violencia de género, materias objeto de evaluación y determinación de los
Centros Penitenciarios en que se desarrollarán las prácticas.

cve: BOE-A-2021-10523
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Núm. 150