III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-9050)
Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de mayo de 2021

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aprobación de los reajustes de anualidades y la fijación de las compensaciones
económicas que, en su caso, procedan. Las mismas facultades que pudieran ser de
aplicación en encomiendas de gestión.
i) La concesión de ayudas y subvenciones públicas, así como de transferencias, en
el ámbito de las competencias de la dirección general, cuando correspondan a la
persona titular del ministerio, con el límite de la cuantía establecida en el anexo, así
como el inicio y la resolución de los expedientes sancionadores en esta materia.
j) Los acuerdos de cancelación de garantías prestadas por los beneficiarios de las
ayudas y subvenciones públicas del ámbito de la subsecretaría.
k) La resolución desestimatoria de las solicitudes y la resolución en casos de
prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la
solicitud, de todo tipo de ayudas y subvenciones públicas del ámbito de la Subsecretaría,
así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, cuando en este
ámbito, correspondan a la persona titular del ministerio.
l) La incoación, la designación del órgano instructor y la resolución del
procedimiento sancionador de las ayudas y subvenciones públicas del ámbito de la
subsecretaría.
m) En relación con los créditos destinados a financiar proyectos para la
conservación y enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español con cargo al uno por
cien cultural, de ejecución directa por parte del ministerio como órgano de contratación y
órgano competente para la tramitación y firma de convenios y encargos y las facultades
que de estos actos se deriven en ambos casos, así como la autorización y compromiso
de gasto y reconocimiento de obligaciones, con independencia de su cuantía.
n) La aprobación y el compromiso del gasto, así como el reconocimiento y
propuesta de pago de las obligaciones económicas que se deriven de la condena en
costas al Estado en los procesos en los que intervenga y que se refieran a materias
propias del ministerio cuando su importe sea igual o superior a 150.000 euros e inferior
a 300.000 euros.
ñ) La aprobación de gastos y su compromiso.
Cuando en un mismo acto se apruebe o comprometa gasto y se reconozca la
obligación, la competencia se determinará conforme a lo establecido en este apartado.
Las delegaciones establecidas en este párrafo se entienden sin perjuicio de las
delegaciones realizadas en otros apartados de esta orden cuyo ejercicio comprenda la
de aprobar, comprometer o reconocer obligaciones, que tendrán preferencia sobre lo
dispuesto en este párrafo.
2. La persona titular de la Subsecretaría delega en la persona titular de la Dirección
General de Servicios las siguientes competencias:
a) La certificación en los contratos de servicios y de los encargos a las entidades
dotadas de la condición de medio propio personificado de la Administración General del
Estado, del ámbito de actuación de la Dirección General de Servicios, de la insuficiencia,
falta de adecuación o conveniencia de no ampliación de los medios personales y
materiales con que cuenta la Administración para cubrir las necesidades que se trata de
satisfacer a través del contrato de servicios y de encargos.
b) En materia de indemnizaciones por razón de servicio, la designación de
comisiones de servicio con derecho a indemnización, respecto de:
1.º Las personas titulares de las subdirecciones generales de la dirección general o
adscrito a la unidad de apoyo a la misma.
2.º Las personas no dependientes del ministerio que deban participar en programas
o actividades de cualquier tipo de los órganos superiores o directivos del ministerio, así
como la autorización con carácter previo para la asistencia de más de una persona a una
misma reunión, acto o evento.

cve: BOE-A-2021-9050
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Núm. 129