IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-23258)
A CORUÑA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112
Martes 11 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 30059
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
23258
A CORUÑA
D./Dª. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de
Xdo. do Mercantil N. 1 de A Coruña, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial Sección I Declaración
Concurso 0000141 /2016 N con nº NIG 15030 47 1 2016 0000293, se ha dictado
en fecha 16 de mayo de 2018 Auto Declara Concluso el Procedimiento Concursal
referente al deudor Manuel Figueiras Portela, con NIF 44.822.373-L, cuyo centro
de intereses principales lo tiene en Carnota, por insuficiencia de la masa activa
para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las
actuaciones.
Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del
deudor que estuvieren subsistentes.
2º.- Por sentencia de fecha 20 de marzo de 2020 dictada por la Ilma. Audiencia
Provincial Sección 4ª se acordó conceder al deudor D. Manuel Figueiras Portela el
beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho de conformidad con lo prevenido
en el 4º del art. 178 bis 3º de la Ley Concursal.
A Coruña, 9 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia,
Fernando Santiso Vázquez.
cve: BOE-B-2021-23258
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210029600-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 112
Martes 11 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 30059
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
23258
A CORUÑA
D./Dª. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de
Xdo. do Mercantil N. 1 de A Coruña, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial Sección I Declaración
Concurso 0000141 /2016 N con nº NIG 15030 47 1 2016 0000293, se ha dictado
en fecha 16 de mayo de 2018 Auto Declara Concluso el Procedimiento Concursal
referente al deudor Manuel Figueiras Portela, con NIF 44.822.373-L, cuyo centro
de intereses principales lo tiene en Carnota, por insuficiencia de la masa activa
para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las
actuaciones.
Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del
deudor que estuvieren subsistentes.
2º.- Por sentencia de fecha 20 de marzo de 2020 dictada por la Ilma. Audiencia
Provincial Sección 4ª se acordó conceder al deudor D. Manuel Figueiras Portela el
beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho de conformidad con lo prevenido
en el 4º del art. 178 bis 3º de la Ley Concursal.
A Coruña, 9 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia,
Fernando Santiso Vázquez.
cve: BOE-B-2021-23258
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210029600-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X