III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-7722)
Resolución de 29 de abril de 2021, del Consorcio Casa Árabe, por la que se publica el Convenio con la Universidad Antonio de Nebrija, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Lunes 10 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 56067

Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, y Presidente del Consejo Rector de
Casa Árabe en base al acuerdo adoptado por su Consejo Rector en su reunión ordinaria
celebrada el día 4 de julio de 2017, y artículo 18.k de los Estatutos).
Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica para suscribir el presente
Convenio, y a tal efecto
EXPONEN
I. La Universidad, tiene entre sus funciones la difusión del conocimiento y la cultura
a través de la extensión universitaria y la formación continuada.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con
otras entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica
de los conocimientos teóricos adquiridos.
II. Casa Árabe tiene como fines el fomento de la imagen y el desarrollo de las
relaciones de España y el Mundo Árabe, en los ámbitos institucionales, económicos,
culturales, sociales, científicos, a través de la programación de actividades culturales y
públicas de muy diversa índole.
III. Las partes, al amparo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, acuerdan suscribir el
presente Convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

Este Convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que estudiantes de
la Universidad realizarán en Casa Árabe, un programa de prácticas externas, así como
del Trabajo de Fin de Grado/Máster (en adelante TFG/TFM) de cualquier enseñanza
impartida por la Universidad, tanto oficiales como propias, según las condiciones
particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo,
así como de acuerdo con lo manifestado en la memoria justificativa que acompaña al
presente Convenio, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 50.1 de la
Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segunda.
A.

Condiciones generales del Convenio.

Oferta de Casa Árabe.

Casa Árabe podrá ofrecer plazas de prácticas con la periodicidad o cuantía que
desee, e indicar la oferta específica para cada plaza.
B. Modalidades de prácticas académicas externas.

a) Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas
integrantes del Plan de Estudios de que se trate.
b) Las prácticas extracurriculares son aquellas que los estudiantes podrán realizar
con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos
fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de
Estudios. No obstante, y cuando corresponda, serán contempladas en el Suplemento
Europeo al Título conforme determine la normativa vigente.

cve: BOE-A-2021-7722
Verificable en https://www.boe.es

Las prácticas académicas externas podrán ser curriculares o extracurriculares.