V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2021-23140)
Extracto de la Orden de 30 de abril de 2021, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la revalorización cultural y modernización de las librerías.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
Sec. V-B. Pág. 29938
establecimiento y una venta on-line normalizada y competitiva; el desarrollo normal
del teletrabajo; la adquisición de programas y software de gestión de ventas y
stock de librerías que contribuyan a la conexión del establecimiento con CEGAL en
RED-LIBRIDATA; la relación electrónica con la Administración.
La ejecución de obras en el establecimiento siempre y cuando supongan una
clara mejora de su espacio cultural. Las obras deberán tener por finalidad mejorar
la prestación del servicio, la accesibilidad del público lector a las instalaciones o
adaptar la librería a los nuevos hábitos de compra y oferta de libros, potenciando
las actividades en relación con los autores, traductores e ilustradores, y la creación
literaria de calidad.
Para empresas distribuidoras:
Proyectos de inversión orientados a la mejora de los procesos de distribución y
suministro de libros, que permitan hacer al canal más eficiente, generando ahorros
de costes y nuevas oportunidades de ingresos para las librerías
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras por las que se rige esta ayuda fueron establecidas a
través de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, publicadas en el BOE
número 275, con fecha de 13 de noviembre de 2010.
Cuarto. Cuantía
El importe de la subvención será, como máximo, de 408.090 euros, con cargo
a la aplicación presupuestaria 24.03.776, "Ayudas para proyectos de revalorización
cultural y modernización de las librerías" del programa 334B del presupuesto de
gastos del Ministerio de Cultura y Deporte para el año 2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del
extracto de la convocatoria en el BOE.
Sexto. Otros datos
Esta subvención es compatible con otras ayudas de organismos o instituciones
públicos o privados para la misma actividad. Su importe, aisladamente, nunca
superará el 80% del coste de la misma. El 20% restante deberá ser financiado por
el solicitante mediante sus recursos e ingresos propios o bien mediante otras
ayudas públicas o privadas.
Madrid, 30 de abril de 2021.- El Ministro de Cultura y Deporte
ID: A210028844-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-23140
Verificable en https://www.boe.es
P.D. apartado quinto e) de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre, La
Directora General del Libro y Fomento de la Lectura, Maria José Gálvez Salvador.
Núm. 111
Lunes 10 de mayo de 2021
Sec. V-B. Pág. 29938
establecimiento y una venta on-line normalizada y competitiva; el desarrollo normal
del teletrabajo; la adquisición de programas y software de gestión de ventas y
stock de librerías que contribuyan a la conexión del establecimiento con CEGAL en
RED-LIBRIDATA; la relación electrónica con la Administración.
La ejecución de obras en el establecimiento siempre y cuando supongan una
clara mejora de su espacio cultural. Las obras deberán tener por finalidad mejorar
la prestación del servicio, la accesibilidad del público lector a las instalaciones o
adaptar la librería a los nuevos hábitos de compra y oferta de libros, potenciando
las actividades en relación con los autores, traductores e ilustradores, y la creación
literaria de calidad.
Para empresas distribuidoras:
Proyectos de inversión orientados a la mejora de los procesos de distribución y
suministro de libros, que permitan hacer al canal más eficiente, generando ahorros
de costes y nuevas oportunidades de ingresos para las librerías
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras por las que se rige esta ayuda fueron establecidas a
través de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, publicadas en el BOE
número 275, con fecha de 13 de noviembre de 2010.
Cuarto. Cuantía
El importe de la subvención será, como máximo, de 408.090 euros, con cargo
a la aplicación presupuestaria 24.03.776, "Ayudas para proyectos de revalorización
cultural y modernización de las librerías" del programa 334B del presupuesto de
gastos del Ministerio de Cultura y Deporte para el año 2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del
extracto de la convocatoria en el BOE.
Sexto. Otros datos
Esta subvención es compatible con otras ayudas de organismos o instituciones
públicos o privados para la misma actividad. Su importe, aisladamente, nunca
superará el 80% del coste de la misma. El 20% restante deberá ser financiado por
el solicitante mediante sus recursos e ingresos propios o bien mediante otras
ayudas públicas o privadas.
Madrid, 30 de abril de 2021.- El Ministro de Cultura y Deporte
ID: A210028844-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-23140
Verificable en https://www.boe.es
P.D. apartado quinto e) de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre, La
Directora General del Libro y Fomento de la Lectura, Maria José Gálvez Salvador.