III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Fuerzas Armadas y Guardia Civil. Oferta de empleo. (BOE-A-2021-7463)
Real Decreto 324/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 54069
ANEXO III
Plazas de acceso y adscripción a cuerpo y escala
Militares de Carrera Oficiales (acceso).
Militares de Carrera Suboficiales (acceso).
Militares de Complemento (adscripción).
Total.
719
1.100
33
1.852
ANEXO IV
Plazas para el acceso a una relación de servicios de carácter permanente
Militares de Complemento: 72.
Militares de Tropa y Marinería: 1.000.
ANEXO V
Plazas para acceder a la condición de reservista voluntario
Para el conjunto de las Fuerzas Armadas: 250.
ANEXO VI
Guardia Civil
Escala de Oficiales
Notas:
(a) De estas 218 plazas, se ofertarán 212 sin exigencia de titulación universitaria previa y 6 con exigencia
de titulación universitaria previa, según lo previsto en el artículo 57.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre,
de la carrera militar, y en la disposición transitoria cuarta punto 2 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las
Fuerzas Armadas. Las plazas no cubiertas en uno de los cupos no se podrán acumular al otro.
(b) De estas 75 plazas, se ofertarán 64 sin exigencia de titulación universitaria previa y 11 con exigencia
de titulación universitaria previa, según lo previsto en el artículo 57.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre,
de la carrera militar, y en la disposición transitoria cuarta punto 2 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las
Fuerzas Armadas. Las plazas no cubiertas en uno de los cupos no se podrán acumular al otro.
(c) De estas 22 plazas, se ofertarán 18 sin exigencia de titulación universitaria previa y 4 con exigencia de
titulación universitaria previa, según lo previsto en el artículo 57.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la
carrera militar, y en la disposición transitoria cuarta punto 2 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el
que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las
Fuerzas Armadas. Las plazas no cubiertas en uno de los cupos no se podrán acumular al otro.
(d) De estas 72 plazas, se ofertarán 60 sin exigencia de titulación universitaria previa y 12 con exigencia
de titulación universitaria previa, según lo previsto en el artículo 57.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, y
en la disposición transitoria cuarta punto 2 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el
Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.
Las plazas no cubiertas en uno de los cupos no se podrán acumular al otro.
(e) De estas 84 plazas, se ofertarán 25 para la especialidad fundamental de Medicina mediante la forma
de ingreso directo sin exigencia de titulación universitaria previa, según lo dispuesto en la disposición final
quinta de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas
Armadas, que modifica la disposición adicional sexta de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
De las 46 que se ofertarán para ingreso directo en la especialidad fundamental de Medicina con exigencia
de titulación previa, hasta un máximo de 25 podrán publicarse con exigencia de una especialidad médicoquirúrgica.
(f) Estas dos plazas se ofertarán para la especialidad fundamental de Dirección.
(g) Plazas sin exigencia previa de titulación de Técnico Superior.
cve: BOE-A-2021-7463
Verificable en https://www.boe.es
Ingreso directo Centro Docente de Formación Militar (aa): 65.
Acceso a Escala: 65
Núm. 107
Miércoles 5 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 54069
ANEXO III
Plazas de acceso y adscripción a cuerpo y escala
Militares de Carrera Oficiales (acceso).
Militares de Carrera Suboficiales (acceso).
Militares de Complemento (adscripción).
Total.
719
1.100
33
1.852
ANEXO IV
Plazas para el acceso a una relación de servicios de carácter permanente
Militares de Complemento: 72.
Militares de Tropa y Marinería: 1.000.
ANEXO V
Plazas para acceder a la condición de reservista voluntario
Para el conjunto de las Fuerzas Armadas: 250.
ANEXO VI
Guardia Civil
Escala de Oficiales
Notas:
(a) De estas 218 plazas, se ofertarán 212 sin exigencia de titulación universitaria previa y 6 con exigencia
de titulación universitaria previa, según lo previsto en el artículo 57.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre,
de la carrera militar, y en la disposición transitoria cuarta punto 2 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las
Fuerzas Armadas. Las plazas no cubiertas en uno de los cupos no se podrán acumular al otro.
(b) De estas 75 plazas, se ofertarán 64 sin exigencia de titulación universitaria previa y 11 con exigencia
de titulación universitaria previa, según lo previsto en el artículo 57.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre,
de la carrera militar, y en la disposición transitoria cuarta punto 2 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las
Fuerzas Armadas. Las plazas no cubiertas en uno de los cupos no se podrán acumular al otro.
(c) De estas 22 plazas, se ofertarán 18 sin exigencia de titulación universitaria previa y 4 con exigencia de
titulación universitaria previa, según lo previsto en el artículo 57.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la
carrera militar, y en la disposición transitoria cuarta punto 2 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el
que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las
Fuerzas Armadas. Las plazas no cubiertas en uno de los cupos no se podrán acumular al otro.
(d) De estas 72 plazas, se ofertarán 60 sin exigencia de titulación universitaria previa y 12 con exigencia
de titulación universitaria previa, según lo previsto en el artículo 57.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, y
en la disposición transitoria cuarta punto 2 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el
Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.
Las plazas no cubiertas en uno de los cupos no se podrán acumular al otro.
(e) De estas 84 plazas, se ofertarán 25 para la especialidad fundamental de Medicina mediante la forma
de ingreso directo sin exigencia de titulación universitaria previa, según lo dispuesto en la disposición final
quinta de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas
Armadas, que modifica la disposición adicional sexta de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
De las 46 que se ofertarán para ingreso directo en la especialidad fundamental de Medicina con exigencia
de titulación previa, hasta un máximo de 25 podrán publicarse con exigencia de una especialidad médicoquirúrgica.
(f) Estas dos plazas se ofertarán para la especialidad fundamental de Dirección.
(g) Plazas sin exigencia previa de titulación de Técnico Superior.
cve: BOE-A-2021-7463
Verificable en https://www.boe.es
Ingreso directo Centro Docente de Formación Militar (aa): 65.
Acceso a Escala: 65