I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Fuerzas Armadas. (BOE-A-2021-7352)
Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de mayo de 2021

Sec. I. Pág. 53439

b) Promoción interna: procedimiento restringido a personal militar profesional para
posibilitarle, dentro de su mismo cuerpo, el acceso a otra escala. También se considera
promoción interna la incorporación de personal militar de complemento al cuerpo y, en su
caso, escala al que estén adscritos, o a una escala distinta dentro del mismo cuerpo.
c) Promoción para cambio de cuerpo: Procedimiento restringido al personal militar
profesional para posibilitarle la integración o adscripción a un cuerpo distinto al de
pertenencia.
Artículo 5. Sistemas de selección.
1. Los sistemas de selección para ingresar en los centros docentes militares de
formación serán los de concurso, oposición o concurso-oposición libres.
2. El concurso consiste en la comprobación y calificación de los méritos de las
personas aspirantes admitidas y en el establecimiento de su orden de prelación. La
oposición, en la celebración de una o más pruebas para determinar la capacidad y la
aptitud de las personas aspirantes admitidas y fijar su orden de prelación. El concursooposición, en la sucesiva celebración de los dos sistemas anteriores.
3. En el concurso y concurso-oposición se valorará como mérito el tiempo de servicio
en las Fuerzas Armadas, entendiendo como tal el transcurrido desde la adquisición de la
condición de militar profesional, así como el permanecido como reservista voluntario.
Cuando se empleen estos sistemas para la forma de ingreso por promoción se valorarán,
además, la experiencia profesional y la formación acreditada, así como otros méritos
profesionales y académicos de entre los que figuran en el historial militar.
4. En las convocatorias podrá fijarse una puntuación mínima que se deberá alcanzar,
tanto en el concurso como en la puntuación final de la oposición o en la del concursooposición.
5. En las convocatorias podrá establecerse, para los sistemas de oposición y de
concurso-oposición, en aquellas pruebas que se determinen, una puntuación mínima que
deberán superar las personas opositoras o, en su caso, precisar el número de personas
aspirantes que pueden continuar el proceso de selección, cifra que se concretará aplicando
un coeficiente multiplicador al total de plazas convocadas.
6. La incidencia del concurso en la puntuación final máxima que pueda obtenerse por
concurso-oposición no podrá ser superior al 10 por ciento en el ingreso directo, ni al 30 por
ciento en el cambio de escala o cuerpo. Lo indicado no será de aplicación en los procesos
de selección siguientes, que se regirán por lo que se disponga en las normas aplicables a
cada uno de ellos:
a) Ingreso en los centros de formación para incorporarse a las escalas de tropa y
marinería.
b) Ingreso en las enseñanzas de formación para incorporarse a las escalas de
oficiales y suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
c) Ingreso en los centros de formación para incorporarse a la escala de oficiales del
Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, cuando no se exija
requisito de titulación universitaria previa.
Artículo 6. Modelo de ingreso y promoción del militar profesional.
1. Conforme a lo indicado en el artículo 18 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre,
de la carrera militar, anualmente se aprobará la provisión de plazas de ingreso en los
centros docentes militares de formación, en la que se concretará cuántas de ellas serán
plazas de acceso a los cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas una vez finalizado el
proceso de formación.
2. Militares de carrera de las escalas de oficiales: podrán cambiar de cuerpo mediante
las formas de ingreso directo y, en las condiciones y en aquellos cuerpos y escalas que
establezca el correspondiente real decreto de provisión de plazas, por promoción. Además,
quienes pertenezcan a las escalas técnicas de los Cuerpos de Ingenieros y a la escala de

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