I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Registro Civil. Poder Judicial. Código Penal. (BOE-A-2021-6944)
Ley Orgánica 6/2021, de 28 de abril, complementaria de la Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Jueves 29 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 50886

Dos. Se introduce un segundo párrafo en el apartado 1 del artículo 302, con la
siguiente redacción:
«También se impondrá la pena en su mitad superior a quienes, siendo sujetos
obligados conforme a la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la
financiación del terrorismo, cometan cualquiera de las conductas descritas en el
artículo 301 en el ejercicio de su actividad profesional.»
Disposición final.

Entrada en vigor.

Esta Ley Orgánica entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar
esta ley orgánica.
Madrid, 28 de abril de 2021.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,

cve: BOE-A-2021-6944
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PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X