III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-6292)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Maceda, para la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de mejora del saneamiento y de la EDAR de Maceda (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Martes 20 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 45000

Octava. Obligaciones y facultades de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
Le corresponden a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., las siguientes
obligaciones y facultades:
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente Convenio.
2. Licitar, adjudicar y gestionar los contratos de las obras y servicios precisos, así
como las demás actuaciones precisas para ejecutar el Convenio de colaboración hasta
su terminación definitiva.
3. Realizar, una vez terminadas las obras, la recepción de las mismas.
4. Una vez recibidas las obras en adecuadas condiciones de uso, notificar este acto
al Ayuntamiento, adjuntando una copia del acta de recepción a modo de entrega, para
que éste último asuma su gestión, explotación, mantenimiento y conservación.
5. Poner a disposición del Ayuntamiento lo construido, de modo que cumplan las
condiciones técnicas y legales necesarias para su funcionamiento.
6. Facilitar la documentación técnica, sobre las instalaciones objeto de cesión, que
sea necesaria para la tramitación de las autorizaciones administrativas previstas para el
funcionamiento de la planta.
7. La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. quedará obligada durante la
duración del plazo de garantía, de un año, a la reparación de aquellos defectos
imputables a la ejecución y que se manifiesten con posterioridad al acto de recepción.
Esta garantía se refiere exclusivamente a las obras ejecutadas y no cubrirá los
desperfectos por un uso inadecuado de lo construido, ni los debidos a actos vandálicos,
ni los deterioros debidos al paso del tiempo, así como tampoco las que sean
consecuencia de fenómenos atmosféricos o por las variaciones de nivel de las aguas.
8. Tramitar ante la Dirección General del Patrimonio el correspondiente expediente
de mutación demanial.
Novena.

Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Maceda.

1. La gestión, puesta en marcha, explotación, mantenimiento y conservación de las
obras objeto de este Convenio, a partir del día siguiente a la recepción de la notificación
descrita en el punto primero de la cláusula octava, convirtiéndose a todos los efectos, en
el único responsable de la infraestructura construida, asumiendo los derechos,
obligaciones y cargas inherentes a dicho mantenimiento y conservación, continuando en
el pago del correspondiente canon de vertidos.
2. El pago de todos cuantos tributos graven dichas instalaciones, incluso, en su caso, el
Impuesto sobre Bienes Inmuebles y los costes de suministros y servicios necesarios para la
conservación de lo actuado y en general, de todos los gastos derivados de la gestión,
mantenimiento y conservación de las obras objeto de este Convenio.
3. La aprobación del proyecto constructivo de forma que sustituya al otorgamiento de la
licencia municipal. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución del
Convenio. A este respecto una vez aprobado definitivamente el proyecto por parte de la
Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., ésta requerirá al Ayuntamiento la acreditación
del cumplimiento de esta obligación en el plazo que a tal efecto se le indique.
4. Realizar las obras de mantenimiento y conservación de las infraestructuras que
sean necesarias, comprometiéndose a asumir los gastos que de las mismas puedan
derivarse.
5. El Ayuntamiento de Maceda continuará siendo el responsable de la explotación
de la planta depuradora durante el desarrollo de las obras recogidas en el presente
Convenio, debiendo correr con todos los gastos (de explotación, de mantenimiento,
suministros, etc.) y aportar el personal necesario para operar la EDAR, que se

cve: BOE-A-2021-6292
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Le corresponderán al Ayuntamiento de Maceda, las siguientes obligaciones y
facultades: