I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Presupuestos. (BOE-A-2021-4632)
Ley 3/2021, de 28 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Jueves 25 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 34130

Cuatro. Con periodicidad mensual habrá de remitirse a la Dirección General de
Planificación y Presupuestos la información referida a todas las contrataciones realizadas
durante el periodo por la entidad, independientemente de la modalidad contractual y de su
duración.
Artículo 17.

Contratación de personal vinculado a encomiendas de gestión.

Durante el año 2021 las encomiendas de gestión que realicen la Administración de la
Xunta de Galicia, sus organismos autónomos o agencias públicas a las entidades a las
que se refieren los apartados f), h) e i) del artículo 11.uno de la presente ley no podrán
suponer la contratación de personal temporal por parte de dichas entidades con cargo a
las cuantías recibidas como contraprestación de la realización de las encomiendas de
gestión.
Quedan exceptuadas de lo dispuesto en el párrafo anterior las contrataciones de
personal temporal que estuviesen previstas en el programa de actuación, inversión y
financiación.
Esta limitación no será de aplicación a proyectos financiados con fondos finalistas del
Estado y de la Unión Europea.
CAPÍTULO II
De los regímenes retributivos
Artículo 18.

Retribuciones de los altos cargos y otro personal directivo.

Uno. En el año 2021 las retribuciones del presidente, vicepresidente y consejeros y
consejeras no experimentarán incremento alguno con respecto a las vigentes a 31 de
diciembre de 2020, sin perjuicio de la percepción de catorce mensualidades de la
retribución por antigüedad y de una cuantía equivalente a la retribución adicional al
complemento de destino que les pueda corresponder de conformidad con la normativa
vigente, quedando establecidas en las siguientes cuantías:
– Presidente de la Xunta de Galicia: 78.089,88 euros.
– Vicepresidente y consejeros y consejeras: 68.154,24 euros.
Dos. En el año 2021 las retribuciones de los altos cargos no experimentarán un
incremento superior al 0,9 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2020,
sin perjuicio de la percepción de catorce mensualidades de la retribución por antigüedad y
de una cuantía equivalente a la retribución adicional al complemento de destino que les
pueda corresponder de conformidad con la normativa vigente, quedando establecidas en
las siguientes cuantías:
– Secretarios y secretarias generales, secretarios y secretarias generales técnicos,
directores y directoras generales, delegados y delegadas territoriales y
asimiladas: 60.287,90 euros.

– Consejero o consejera mayor: 72.528,60 euros.
– Consejeros y consejeras: 68.154,24 euros.
Cuatro. En el año 2021 las retribuciones de los miembros del Consejo Consultivo de
Galicia no experimentarán incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2020,

cve: BOE-A-2021-4632
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Tres. En el año 2021 las retribuciones de los miembros del Consejo de Cuentas no
experimentarán incremento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2020, quedando,
por lo tanto, establecidas en las siguientes cuantías, referidas a doce mensualidades: