Estado. Ministerio De Defensa. Instituto Social De Las Fuerzas Armadas. (BOE-N-2025-400485)
SECRETARÍA GENERAL. Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento de afiliación al Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Miércoles 4 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE DEFENSA
INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
SECRETARÍA GENERAL. Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en
procedimiento de afiliación al Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas
Armadas.
ID: N2500397592
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no
habiéndose podido practicar la comunicación al interesado tras dos intentos en su último
domicilio conocido, se notifica al afiliado, titular por derecho propio, con
D.N.I.45.090.259-R que por el Delegado Especial del ISFAS de Ceuta se ha detectado
dentro del proceso de integración del colectivo del ISFAS en la base de datos de
asistencia sanitaria del INSS (BADAS) que su beneficiario con D.N.I. 45.152.838-C tiene
derecho a la asistencia sanitaria, por sí mismo, de la Seguridad Social, como perceptor
de ingreso mínimo vital.
Por ello, se ha iniciado un procedimiento relativo a la baja de su beneficiario,
concediéndole, con carácter previo a la adopción de la resolución que en derecho
proceda, de conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015 de 1 de
Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
trámite de audiencia a fin de que en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el
siguiente a la presente notificación –con exclusión de sábados, domingos y festivosalegue y presente ante el Instituto Social de las Fuerzas Armadas cuantos documentos y
justificaciones estime convenientes en defensa de sus intereses, al objeto de optar entre
permanecer en este Régimen Especial o en el de la Seguridad Social, significándole que
en caso de no formular alegaciones, se procedería a su baja en este Régimen Especial,
previa resolución adoptada al efecto.
Madrid, 28 de mayo de 2025.- El Secretario General Gerente del ISFAS, José Javier
Rodrigo de Azpiazu
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-2978f39a3d9f89330861b24e316b23e09bcc5b20
Verificable en https://www.boe.es
Dicha situación contraviene lo preceptuado en el artículo 52.3 del Real Decreto
1726/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la
Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, en el que se exige para ser beneficiario de
este Instituto no tener derecho, por título distinto, a recibir asistencia sanitaria de la
Seguridad Social en cualquiera de sus regímenes.
Núm. 134
Miércoles 4 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE DEFENSA
INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
SECRETARÍA GENERAL. Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en
procedimiento de afiliación al Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas
Armadas.
ID: N2500397592
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no
habiéndose podido practicar la comunicación al interesado tras dos intentos en su último
domicilio conocido, se notifica al afiliado, titular por derecho propio, con
D.N.I.45.090.259-R que por el Delegado Especial del ISFAS de Ceuta se ha detectado
dentro del proceso de integración del colectivo del ISFAS en la base de datos de
asistencia sanitaria del INSS (BADAS) que su beneficiario con D.N.I. 45.152.838-C tiene
derecho a la asistencia sanitaria, por sí mismo, de la Seguridad Social, como perceptor
de ingreso mínimo vital.
Por ello, se ha iniciado un procedimiento relativo a la baja de su beneficiario,
concediéndole, con carácter previo a la adopción de la resolución que en derecho
proceda, de conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015 de 1 de
Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
trámite de audiencia a fin de que en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el
siguiente a la presente notificación –con exclusión de sábados, domingos y festivosalegue y presente ante el Instituto Social de las Fuerzas Armadas cuantos documentos y
justificaciones estime convenientes en defensa de sus intereses, al objeto de optar entre
permanecer en este Régimen Especial o en el de la Seguridad Social, significándole que
en caso de no formular alegaciones, se procedería a su baja en este Régimen Especial,
previa resolución adoptada al efecto.
Madrid, 28 de mayo de 2025.- El Secretario General Gerente del ISFAS, José Javier
Rodrigo de Azpiazu
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-2978f39a3d9f89330861b24e316b23e09bcc5b20
Verificable en https://www.boe.es
Dicha situación contraviene lo preceptuado en el artículo 52.3 del Real Decreto
1726/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la
Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, en el que se exige para ser beneficiario de
este Instituto no tener derecho, por título distinto, a recibir asistencia sanitaria de la
Seguridad Social en cualquiera de sus regímenes.