Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2025-3909)
BOP-2025-3909 Línea de ayudas económicas Ed. Infantil, Ed. Primaria y Ed. Secundaria. Curso 2024-2025.
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10. Pago de ayuda.
Las ayudas concedidas se abonarán mediante transferencia bancaria al número de cuenta
indicado por el solicitante, siempre que cumplan los requisitos exigidos en las presentes bases.
El Ayuntamiento de Alcántara solicitará al centro educativo donde el alumnado curse sus
estudios o a la entidad competente, la información necesaria para la comprobación de la
veracidad de los datos aportados y asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos en
estas bases,
11. Interpretación de las bases.
La interpretación de las dudas que puedan surgir en aplicación de estas Bases corresponde al
Órgano competente para la aprobación de las mismas, que queda autorizado para dictar
aquellos actos que sean necesarios para su desarrollo.
12. Régimen de infracciones y sanciones.
En todo lo referente a la comisión de infracciones y la imposición de sanciones, se regirá por lo
previsto en la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de Alcántara
publicada en el BOP con fecha 12 de agosto de 2020.
13. Derecho supletorio.
Para todos aquellos extremos no previstos en las presentes Bases, será aplicable la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, y
supletoriamente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
IGUALDAD DE GÉNERO. Todos los preceptos de estas Bases que utilizan la forma del
masculino genérico se entenderán aplicables a personas de ambos sexos.
Alcántara, 25 de julio de 2025
Mónica Grados Caro
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2025-3909
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de julio de 2025
N.º 0144
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