Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acehúche. (BOP-2025-3905)
BOP-2025-3905 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
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Ayuntamiento de Acehúche
e) Una bonificación del 90 por ciento a favor de las construcciones,
instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de
los discapacitados.
La bonificación prevista en este párrafo se aplicará a la cuota resultante
de aplicar, en su caso, las bonificaciones a que se refieren los párrafos anteriores.
f) Una bonificación del 90 por ciento a favor de las construcciones,
instalaciones u obras necesarias para la instalación de puntos de recarga para
vehículos eléctricos. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que
las instalaciones dispongan de la correspondiente homologación por la
Administración competente.
La bonificación prevista en este párrafo se aplicará a la cuota resultante
de aplicar, en su caso, las bonificaciones a que se refieren los párrafos anteriores.
2.- Para poder disfrutar de la referida bonificación será necesario formular
solicitud ante este Ayuntamiento, en el plazo de tres meses desde la concesión de la
licencia de obras, a la que se acompañará la siguiente documentación:
- Copia de la concesión de la licencia de obras.
- Copia del D.N.I., si se trata de una persona física o, si se trata de una
persona jurídica, copia de la escritura de constitución
- Declaración jurada de estar al corriente del pago de sus obligaciones
tributarias o de cualquier otra naturaleza con el Ayuntamiento.
- Compromiso de puesta en funcionamiento de la industria en el plazo de
dos años a contar desde la fecha de concesión de la bonificación.
2.- El órgano competente, a la vista del expediente, resolverá acerca de la
concesión de la bonificación.
3.- Cancelación de la bonificación. En el supuesto de que el sujeto pasivo
incumpla el compromiso de puesta en funcionamiento de la industria en el plazo de
dos años a contar desde la concesión provisional de la bonificación o no justifique,
dicho cumplimiento, el Ayuntamiento acordará la resolución de la bonificación y
liquidará el impuesto que le corresponda, pudiendo exigirse su abono por la vía
ejecutiva de apremio.
Artículo 9.- Devengo.
El impuesto se devenga en el momento de iniciarse la construcción,
Ayuntamiento de Acehúche
Avenida Juan de Morales, 64, Acehúche. 10879 (Cáceres). Tfno. 927374142. Fax: 927374178
Cód.
Validación:
AT494MNATSKCCNCS5XPGHZNJ6
Verificación:
https://acehuche.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Miércoles, 30 de julio de 2025
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e) Una bonificación del 90 por ciento a favor de las construcciones,
instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de
los discapacitados.
La bonificación prevista en este párrafo se aplicará a la cuota resultante
de aplicar, en su caso, las bonificaciones a que se refieren los párrafos anteriores.
f) Una bonificación del 90 por ciento a favor de las construcciones,
instalaciones u obras necesarias para la instalación de puntos de recarga para
vehículos eléctricos. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que
las instalaciones dispongan de la correspondiente homologación por la
Administración competente.
La bonificación prevista en este párrafo se aplicará a la cuota resultante
de aplicar, en su caso, las bonificaciones a que se refieren los párrafos anteriores.
2.- Para poder disfrutar de la referida bonificación será necesario formular
solicitud ante este Ayuntamiento, en el plazo de tres meses desde la concesión de la
licencia de obras, a la que se acompañará la siguiente documentación:
- Copia de la concesión de la licencia de obras.
- Copia del D.N.I., si se trata de una persona física o, si se trata de una
persona jurídica, copia de la escritura de constitución
- Declaración jurada de estar al corriente del pago de sus obligaciones
tributarias o de cualquier otra naturaleza con el Ayuntamiento.
- Compromiso de puesta en funcionamiento de la industria en el plazo de
dos años a contar desde la fecha de concesión de la bonificación.
2.- El órgano competente, a la vista del expediente, resolverá acerca de la
concesión de la bonificación.
3.- Cancelación de la bonificación. En el supuesto de que el sujeto pasivo
incumpla el compromiso de puesta en funcionamiento de la industria en el plazo de
dos años a contar desde la concesión provisional de la bonificación o no justifique,
dicho cumplimiento, el Ayuntamiento acordará la resolución de la bonificación y
liquidará el impuesto que le corresponda, pudiendo exigirse su abono por la vía
ejecutiva de apremio.
Artículo 9.- Devengo.
El impuesto se devenga en el momento de iniciarse la construcción,
Ayuntamiento de Acehúche
Avenida Juan de Morales, 64, Acehúche. 10879 (Cáceres). Tfno. 927374142. Fax: 927374178
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Miércoles, 30 de julio de 2025
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