Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3485)
BOP-2025-3485 Acuerdo carrera Profesional.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
15
Se le encomienda a la Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación del
Acuerdo, regulada en el apartado anterior, el estudio y análisis de los distintos modelos
existentes de carrera profesional para el personal funcionario y laboral en las
Administraciones de las Comunidades Autónomas u otras Administraciones públicas que
la tienen implantada actualmente.
Por las características de la materia a abordar se procurará que en estos trabajos
participen representantes de cada una de las Áreas en las que se estructura la
Administración de la Diputación Provincial junto a los representantes de las
organizaciones sindicales con representación en la misma.
DÉCIMO TERCERO. Incumplimientos de los periodos de permanencia mínimos en
los grupos/subgrupos.
En el supuesto de incumplimiento del apartado 4º, de la Cláusula 7º, respecto del
requisito haber permanecido un tiempo mínimo en dicho grupo/subgrupo, dicha situación
será resuelta por la Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación del presente
Acuerdo.
DÉCIMO CUARTO. Abono del resto del Nivel III y abono del Nivel IV.
Se procederá al abono del Nivel III de Carrera Profesional 2024 en un porcentaje del
33 % de la cuantía establecida.
El resto del abono de la totalidad del Nivel III, así como el abono en todo o en parte del
Nivel IV, quedará supeditado a la situación presupuestaria de la Diputación de Cáceres y
sus Organismos Autónomos.
DÉCIMO QUINTO. Entrada en vigor.
El presente Acuerdo entrará en vigor con la publicación de la convocatoria para el
reconocimiento de la carrera profesional horizontal correspondiente al periodo
comprendido entre el 1 de enero de 2025 a 31 de diciembre de 2025, quedando
derogados en ese momento los Acuerdos anteriores.
El contenido del presente Acuerdo será de aplicación durante el periodo del régimen
transitorio, que comienza con la Carrera Profesional correspondiente al ejercicio 2025
(Abono 2026), en todo aquello que no contradiga lo dispuesto en el apartado
UNDÉCIMO, dedicado al régimen transitorio.
CVE:
BOP-2025-3485
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de julio de 2025
N.º 0127
Pág. 16045