Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-1726)
BOP-2025-1726 Bases 1 Intendente-Jefe de Policía Local (Funcionario de Carrera-Promoción Interna) por Concurso-Oposición - OEP 2024
39 páginas totales
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5.5.- Los componentes del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del
mismo, notificándolo a la autoridad convocante, cuando se dé alguna causa de
abstención señalada en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6.- Las personas aspirantes podrán, en los casos señalados en el párrafo anterior,
promover la recusación de los miembros del Tribunal Calificador, para ello dispondrán
de un plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la composición del citado
Tribunal Calificador. (Artículo 24.1 Ley 40/2015)
5.7.- Asimismo, no podrán formar parte del Tribunal Calificador el personal funcionario
que, en el ámbito de actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formación o
preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de la correspondiente convocatoria.
5.8.- El Tribunal que actúe en esta prueba selectiva tendrá la categoría primera, de las
recogidas en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio.
5.9.- Con el objeto de garantizar la transparencia a que se refiere el artículo 47.7-d) de
la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura,
todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en la página web del Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia https://sede.plasencia.es, además del Tablón de Anuncios
de la Casa Consistorial.
5.10.- En todo lo no previsto expresamente en estas bases, será de aplicación al
Tribunal Calificador lo dispuesto para los órganos colegiados en el capítulo II del título
Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y, supletoriamente, por la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, así como el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura o normas que lo sustituyan.
SEXTA.- ACTUACION DE LOS ASPIRANTES.
6.1.- Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se
determinará el lugar, fecha, y hora de comienzo de las pruebas, así como la
composición del tribunal calificador. Dicha publicación se efectuará con una antelación
de, al menos, quince días hábiles a dicho comienzo.
6.2.- El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios que no se puedan
realizar conjuntamente, se iniciará por orden alfabético de apellidos según último
sorteo público efectuado para determinar el orden de actuación en las pruebas
selectivas convocadas por la Junta de Extremadura (DOE Nº 80 de fecha 25 de abril
de 2024, letra “S”)
CVE:
BOP-2025-1726
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de abril de 2025
N.º 0069
Pág. 8154
5.5.- Los componentes del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del
mismo, notificándolo a la autoridad convocante, cuando se dé alguna causa de
abstención señalada en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6.- Las personas aspirantes podrán, en los casos señalados en el párrafo anterior,
promover la recusación de los miembros del Tribunal Calificador, para ello dispondrán
de un plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la composición del citado
Tribunal Calificador. (Artículo 24.1 Ley 40/2015)
5.7.- Asimismo, no podrán formar parte del Tribunal Calificador el personal funcionario
que, en el ámbito de actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formación o
preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de la correspondiente convocatoria.
5.8.- El Tribunal que actúe en esta prueba selectiva tendrá la categoría primera, de las
recogidas en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio.
5.9.- Con el objeto de garantizar la transparencia a que se refiere el artículo 47.7-d) de
la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura,
todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en la página web del Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia https://sede.plasencia.es, además del Tablón de Anuncios
de la Casa Consistorial.
5.10.- En todo lo no previsto expresamente en estas bases, será de aplicación al
Tribunal Calificador lo dispuesto para los órganos colegiados en el capítulo II del título
Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y, supletoriamente, por la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, así como el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura o normas que lo sustituyan.
SEXTA.- ACTUACION DE LOS ASPIRANTES.
6.1.- Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se
determinará el lugar, fecha, y hora de comienzo de las pruebas, así como la
composición del tribunal calificador. Dicha publicación se efectuará con una antelación
de, al menos, quince días hábiles a dicho comienzo.
6.2.- El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios que no se puedan
realizar conjuntamente, se iniciará por orden alfabético de apellidos según último
sorteo público efectuado para determinar el orden de actuación en las pruebas
selectivas convocadas por la Junta de Extremadura (DOE Nº 80 de fecha 25 de abril
de 2024, letra “S”)
CVE:
BOP-2025-1726
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de abril de 2025
N.º 0069
Pág. 8154