Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro. (BOP-2025-1460)
BOP-2025-1460 Bases y convocatoria para la constitución de una Bolsa de Empleo Temporal de Arquitecto/a Técnico/a Municipal.
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los ejercicios de los/las aspirantes con discapacidad, de manera que disfruten de igualdad de
oportunidades en cuanto a los/las otros/as aspirantes, siempre que así lo hayan indicado en la
instancia para tomar parte en los correspondientes procesos selectivos.
Una vez iniciado el proceso selectivo, las puntuaciones obtenidas por los/las aspirantes que
hayan superado cada una de las pruebas, junto con la fecha, la hora y el lugar de celebración
de la siguiente prueba, se expondrán en el tablón de edictos electrónico de la Mancomunidad
Integral Sierra de San Pedro, y en la página web de la Mancomunidad Integral Sierra de San
Pedro.
Estos anuncios deberán hacerse públicos al menos con 24 horas de antelación al inicio de la
prueba siguiente. En aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, el tribunal
determinará mediante sorteo el orden de actuación, antes del comienzo de inicio de la prueba.
En la gestión de la oposición, el tratamiento de los datos personales se realizará con sujeción a
lo previsto en la Ley orgánica 3/2018 de 5 Diciembre de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales.
NOVENA.- CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL
El tribunal elevará al Presidente de la Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro propuesta
de constitución de la bolsa de trabajo temporal con aquellos/as aspirantes que hayan superado
todos los ejercicios de la fase de oposición ordenada en función de la puntuación total
alcanzada.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida
en la fase de concurso. La puntuación definitiva se publicará en el Tablón de Edictos de la
Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro y en la página web de la Mancomunidad Integral
Sierra de San Pedro.
En caso de empate figurará en primer lugar, el aspirante con mayor puntuación en el segundo
ejercicio y de persistir figurará en primer lugar el de mayor puntuación en el tercer ejercicio y de
continuar figurará en primer lugar el/la aspirante de mayor edad. La bolsa de trabajo resultante
anula cualquier otra constituida con anterioridad referida a la misma especialidad, su vigencia
máxima será de cuatro años, contados a partir del día siguiente al de su aprobación y se podrá
prorrogar si finalizado este período no se ha constituido nueva bolsa. Para los llamamientos se
seguirá siempre el número de orden de los aspirantes en la bolsa, a excepción de los
supuestos que prevé el art.10.1.d) del TREBEP cuando se haya superado el periodo máximo a
que se refiere la mencionada disposición.
DÉCIMA.-FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA
Constituida la bolsa, las necesidades que se produzcan en la Mancomunidad Integral Sierra de
San Pedro podrán cubrirse, de forma individual, mediante la comunicación a los aspirantes por
escrito, correo electrónico o cualquiera otro medio que pueda dejar constancia de la práctica de
la notificación, siguiendo estrictamente el orden de puntuación obtenido. Mientras no se
formalice el nombramiento, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica, ni se
podrán incorporar al puesto de trabajo. En caso de que cualquier de los integrantes de la bolsa
renuncie a una oferta de trabajo, pasará a ocupar el último lugar. Si renuncia en dos ocasiones
quedará automáticamente excluido.
Los/las aspirantes que dentro del plazo fijado, excepto casos de fuerza mayor, no presenten la
documentación o si en el examen de ésta se comprueba que no cumplen alguno de los
requisitos señalados en la base general primera y en las correspondientes bases específicas,
no podrán ser nombrados/as y se anularán sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad
en la que hayan incurrido. Las personas integrantes de la bolsa que se constituya, si en la
solicitud de participación presentada han autorizado la cesión de datos, podrá cederse a otras
administraciones públicas, -a través de convenio de colaboración-, sus datos de carácter
personal, para su contratación o nombramiento temporal por necesidades justificadas
temporales. La no aceptación a estos llamamientos, no implicará penalización en el orden de la
MANCOMUNIDAD INTEGRAL“SIERRA DE SAN PEDRO”
C/ Pizarro, 16 - Valencia de Alcántara 10500 (Cáceres)
Web: www.mancomunidadsierrasanpedro.es
Tfno: 927 66 81 47 Fax: 927 58 24 84 Email: info@mancomunidadsierrasanpedro.com
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Viernes, 28 de marzo de 2025
N.º 0061
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