Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-665)
BOP-2025-665 Bases y Convocatoria para proveer una plaza de Psicólogo/a del PAP.
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DUODÉCIMA. BOLSA DE TRABAJO.
La Alcaldía dictará Resolución formando la bolsa de trabajo, de conformidad con la lista
elevada por el tribunal. Esta bolsa de trabajo, a la que podrá acudirse directamente cuando
resulte necesaria la contratación laboral de un/a Psicólogo/a Clínico/a.
Esta bolsa permanecerá vigente hasta tanto se constituya las derivadas de los procesos
selectivos de la siguiente oferta de empleo público para la especialidad o categoría profesional
objeto de la presente convocatoria.
Las diversas necesidades que sea necesario cubrir a través de esta Bolsa, se notificarán a
los/as aspirantes seleccionados/as para ser contratados/as temporalmente como Psicólogo/a
Clínico/a, mediante cualquiera de las modalidades de contratación de personal previstas en la
legislación laboral.
Una vez nombrados/as, deberán prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las
obligaciones del puesto, con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como
norma fundamental del Estado y el Estatuto de Autonomía de Extremadura.
La bolsa de trabajo, se sujetará a las siguientes reglas:
1. El/a aspirante dispondrá de un plazo máximo de diez días hábiles desde el llamamiento para
presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la Base
Tercera. En el supuesto de no presentarla en el indicado plazo, se entenderá que rechaza la
oferta y se situará al final de la lista de inscritos/as. Si el rechazo se efectúa dos veces
consecutivas, será excluido de la bolsa.
2. En aquellos casos en que se rechace la oferta alegando incapacidad laboral transitoria o
maternidad, se les mantendrá el orden que originalmente ocupaban en la bolsa. La
concurrencia de tales causas deberá quedar suficientemente acreditada por cualquier medio
admisible en Derecho.
3. Quienes hayan sido contratados/as, una vez cesados/as, volverán a ocupar el mismo lugar
que tenían en la bolsa.
DECIMOTERCERA. INCIDENCIAS.
El órgano de selección queda autorizado para resolver las dudas que se presenten, interpretar
las bases de esta convocatoria y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del
proceso selectivo.
CVE:
BOP-2025-665
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de febrero de 2025
N.º 0029
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