Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2025-398)
BOP-2025-398 Aprobación definitiva del Plan Estratégico de Subvenciones 2025.
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AYUNTAMIENTO DE SALORINO
sea competente para autorizar el gasto, dichas bases serán objeto de una convocatoria mediante
el procedimiento de publicidad establecido legalmente.
El contenido mínimo que deben contener las bases de la convocatoria son los siguientes:
• Definición del objeto de la subvención.
• Requisitos que deben reunir los beneficiarios para la obtención de la subvención.
• Forma y plazo en los que debe presentarse la solicitud.
• Condiciones de solvencia y eficacia que debe reunir los beneficiarios.
• Procedimiento de concesión de la subvención.
• Criterios de valoración.
• Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de
concesión de la subvención, y el plazo en que será notificada la resolución.
• Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la finalidad
para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, con
expresión de la documentación concreta a aportar para tal fin.
• Posibilidad de efectuar pagos anticipados o abonos a cuenta.
• Medidas de garantía que, en su caso, procedan.
• Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones o ayudas para la misma
finalidad.
• Criterios de evaluación de los posibles incumplimientos de las condiciones impuestas con
motivo de la concesión.
• Compromiso del beneficiario de prestar la información que le fuese requerida.
Concesión directa.
Nominativas: Son aquellas cuyos beneficiarios y cuantías están especificados en las Bases de
Ejecución y en el Presupuesto General de la Corporación. Estas subvenciones son objeto de la
misma publicidad del Presupuesto. Su motivación debe contenerse en la Memoria del expediente
presupuestario.
La subvención deberá ser solicitada por el tercero acompañado de la solicitud de una memoria de
actividades y presupuesto de ingresos y gastos siempre que sea posible.
Debe quedar acreditado lo siguiente:
• Determinación del objeto de la subvención y de sus beneficiarios, de acuerdo con la
asignación presupuestaria.
• Crédito presupuestario al que se imputa el gasto y cuantía de la subvención
individualizada, en su caso, para cada beneficiario, si fuesen varios.
• Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración, o entes públicos o
• privados.
• Plazos o modos de pago de la subvención, posibilidad de efectuar pagos anticipados y
abonos a cuenta, así como el régimen de garantías que, en su caso, deberán aportar los
beneficiarios.
• Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la finalidad
para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos.
CVE:
BOP-2025-398
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de enero de 2025
N.º 0019
Pág. 2018
sea competente para autorizar el gasto, dichas bases serán objeto de una convocatoria mediante
el procedimiento de publicidad establecido legalmente.
El contenido mínimo que deben contener las bases de la convocatoria son los siguientes:
• Definición del objeto de la subvención.
• Requisitos que deben reunir los beneficiarios para la obtención de la subvención.
• Forma y plazo en los que debe presentarse la solicitud.
• Condiciones de solvencia y eficacia que debe reunir los beneficiarios.
• Procedimiento de concesión de la subvención.
• Criterios de valoración.
• Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de
concesión de la subvención, y el plazo en que será notificada la resolución.
• Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la finalidad
para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, con
expresión de la documentación concreta a aportar para tal fin.
• Posibilidad de efectuar pagos anticipados o abonos a cuenta.
• Medidas de garantía que, en su caso, procedan.
• Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones o ayudas para la misma
finalidad.
• Criterios de evaluación de los posibles incumplimientos de las condiciones impuestas con
motivo de la concesión.
• Compromiso del beneficiario de prestar la información que le fuese requerida.
Concesión directa.
Nominativas: Son aquellas cuyos beneficiarios y cuantías están especificados en las Bases de
Ejecución y en el Presupuesto General de la Corporación. Estas subvenciones son objeto de la
misma publicidad del Presupuesto. Su motivación debe contenerse en la Memoria del expediente
presupuestario.
La subvención deberá ser solicitada por el tercero acompañado de la solicitud de una memoria de
actividades y presupuesto de ingresos y gastos siempre que sea posible.
Debe quedar acreditado lo siguiente:
• Determinación del objeto de la subvención y de sus beneficiarios, de acuerdo con la
asignación presupuestaria.
• Crédito presupuestario al que se imputa el gasto y cuantía de la subvención
individualizada, en su caso, para cada beneficiario, si fuesen varios.
• Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración, o entes públicos o
• privados.
• Plazos o modos de pago de la subvención, posibilidad de efectuar pagos anticipados y
abonos a cuenta, así como el régimen de garantías que, en su caso, deberán aportar los
beneficiarios.
• Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la finalidad
para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos.
CVE:
BOP-2025-398
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de enero de 2025
N.º 0019
Pág. 2018