Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Gordo. (BOP-2024-5514)
BOP-2024-5514 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen.
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podrá interponerse por los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo ante la Sala
del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses, contados desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, sin
perjuicio de interponer cualquier otro que se estime conveniente.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer por los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Extremadura.
El Gordo, 24 de octubre de 2024
Silvia Sarro Villegas
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-5514
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de octubre de 2024
N.º 0210
Pág. 23151
del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses, contados desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, sin
perjuicio de interponer cualquier otro que se estime conveniente.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer por los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Extremadura.
El Gordo, 24 de octubre de 2024
Silvia Sarro Villegas
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
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