Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2024-4200)
BOP-2024-4200 Bases y convocatoria en el marco del proceso de Estabilización de Empleo Temporal, Dos Plazas Operarios/as de Servicios Múltiples.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO DE BELVIS DE MONROY
C.I.F. P-1002700-A
Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
C/ Escuelas, s/n.
10.394 – BELVIS DE MONROY
conste la categoría profesional o de la que se desprenda que han desempeñado funciones
vinculadas a la categoría profesional objeto de la convocatoria, con expresión del tiempo
que ha venido desempeñando y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el
desempeño del mismo.
Será imprescindible ambos documentos para que dicha experiencia pueda ser valorada.
A la solicitud, como ha quedado expuesto, deberá acompañarse resguardo acreditativo de
haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden a 20,00 euros mediante
ingreso o transferencia bancaria a la cuenta corriente de titularidad del Ayuntamiento de Belvís
de Monroy: ES60.2103.7102.4100.1020.7636 (Unicaja Banco/Navalmoral de la Mata),
debiendo consignar el nombre del aspirante que realiza el ingreso y el concepto “Estabilización
Operario Servicios Múltiples”.
El cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente, dentro del plazo de
presentación de instancias, no siendo posible la subsanación total o parcial del pago de las
tasas fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de subsanación, la
acreditación de su realización en el plazo indicado.
En ningún caso el pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, con arreglo a lo establecido en las bases.
Cuando por causas no imputables al /a la solicitante, la actividad técnica y/o administrativa que
constituye el hecho imponible de la tasa no se realice, procederá la devolución del importe
correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los
supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.
La falta de abono de los derechos de examen determinará la exclusión de la persona aspirante.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5º. Exenciones y Bonificaciones Subjetivas, de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de examen y por Tramitación de
expedientes de provisión de puestos de trabajo:
Están exentos/as del pago de la tasa:
- Los/las sujetos pasivos que acrediten tener un grado de discapacidad igual o superior
al 33%.
- Los/las sujetos pasivos que tengan ascendientes o descendientes hasta el primer
grado de consanguineidad o afinidad a su cargo, cuando estos últimos acrediten tener un
grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Los/las sujetos pasivos, que acrediten su condición de miembros de familias
numerosas, de categoría especial, conforme a lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de
Noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
- Los/las sujetos pasivos que estén inscritos/as en la oficina de empleo como
demandantes de empleo con una antigüedad mínima de 24 meses anteriores a la fecha de
publicación de la convocatoria del proceso selectivo de que se trate
- Los/las sujetos pasivos que acrediten su condición de mujer víctima de violencia de
género.
- Los/las sujetos pasivos afectados/as por cáncer u otra enfermedad grave incluida en
el listado que figura en el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, del Ministerio de Trabajo e
Inmigración (BOE» núm. 182, de 30 de julio de 2011).
- Los/las sujetos pasivos que acrediten carecer de rentas superiores en cómputo
mensual, al salario mínimo interprofesional.
- Los /las sujetos pasivos que participen en pruebas selectivas convocadas por el
Ayuntamiento de Belvís de Monroy derivadas de proyectos subvencionados por la Comunidad
Cód.
Validación:
4XXQ4ZAH7WAFXPQEHXE9DZT63
Verificación:
https://belvisdemonroy.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
8
de
20
CVE:
BOP-2024-4200
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de agosto de 2024
N.º 0149
Pág. 17600