Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2024-4120)
BOP-2024-4120 Aprobación definitiva Modificación de Ordenanza Reguladora del acceso a los servicios de ayuda a domicilio.
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Artículo 13. Presentación de solicitudes.
1. El procedimiento se iniciará a instancia de la persona interesada o de su representante legal
o voluntario/a, mediante la presentación de la solicitud, en el modelo que se establezca al
efecto.
2. La solicitud junto con la documentación necesaria se presentará en el Registro de Entrada
del Ayuntamiento o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 14. Documentación.
1. A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:
1.1. Relativos a la identidad y nacionalidad:
- Fotocopia del DNI/NIE o pasaporte la persona interesada y, en su caso, la
persona que representa.
- Si la persona representante es su representante legal, se deberán aportar los
documentos acreditativos de dicha condición.
- En el supuesto de representación voluntaria será suficiente una autorización por
escrito en la que consten apellidos, nombre y DNI/NIE o pasaporte de la persona
representada y de su representante, así como la fecha y la firma de ambas.
1.2. Relativos a la situación de diversidad funcional. En el supuesto de que la persona
interesada tuviera reconocida una diversidad funcional, copia de la resolución de
reconocimiento expedida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
1.3 Relativos a la situación económica:
- Certificado de pensiones expedido por el INSS.
- Fotocopia de la declaración correspondiente al último ejercicio tributario del
IRPF, o en caso de no tener obligación, certificado de Hacienda en el que se
haga constar dicha circunstancia.
Artículo 15. Instrucción y Resolución. Notificación a las personas beneficiarias.
1. La instrucción del procedimiento se realizará por los SSASB conforme a lo establecido en el
Decreto.
CVE:
BOP-2024-4120
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de julio de 2024
N.º 0146
Pág. 17223
1. El procedimiento se iniciará a instancia de la persona interesada o de su representante legal
o voluntario/a, mediante la presentación de la solicitud, en el modelo que se establezca al
efecto.
2. La solicitud junto con la documentación necesaria se presentará en el Registro de Entrada
del Ayuntamiento o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 14. Documentación.
1. A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:
1.1. Relativos a la identidad y nacionalidad:
- Fotocopia del DNI/NIE o pasaporte la persona interesada y, en su caso, la
persona que representa.
- Si la persona representante es su representante legal, se deberán aportar los
documentos acreditativos de dicha condición.
- En el supuesto de representación voluntaria será suficiente una autorización por
escrito en la que consten apellidos, nombre y DNI/NIE o pasaporte de la persona
representada y de su representante, así como la fecha y la firma de ambas.
1.2. Relativos a la situación de diversidad funcional. En el supuesto de que la persona
interesada tuviera reconocida una diversidad funcional, copia de la resolución de
reconocimiento expedida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
1.3 Relativos a la situación económica:
- Certificado de pensiones expedido por el INSS.
- Fotocopia de la declaración correspondiente al último ejercicio tributario del
IRPF, o en caso de no tener obligación, certificado de Hacienda en el que se
haga constar dicha circunstancia.
Artículo 15. Instrucción y Resolución. Notificación a las personas beneficiarias.
1. La instrucción del procedimiento se realizará por los SSASB conforme a lo establecido en el
Decreto.
CVE:
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Verificable
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N.º 0146
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