Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2024-4108)
BOP-2024-4108 Aprobación bases convocatoria plaza Administrativo/a / Promoción interna.
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Ayuntamiento de Tiétar
se podrá interponer por el interesado recurso de alzada ante la Alcaldía de conformidad con
lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y ello sin perjuicio de la interposición
de cualesquiera otro recurso que se estime oportuno.
SEXTA. Fases y ejercicios de las pruebas selectivas.
6.1. Las pruebas selectivas revestirán la modalidad de concurso-oposición.
Será necesario superar la fase de oposición y sólo cuando así sea se aplicará la puntuación
del concurso. De otro modo la persona opositora quedará eliminada.
6.2. Fase de concurso:
El tribunal hará pública las puntuaciones de la fase de concurso que de forma provisional se
deriven del proceso de autobaremación realizado por las personas aspirantes y
comprobados por parte del tribunal.
La documentación acreditativa de los méritos que se autobaremarán en la instancia de
forma anexa se presentará adjunta a la instancia. Una vez finalizada la fase de oposición,
momento en que el tribunal publicará en la web del Ayuntamiento la resolución que
contenga el listado de puntuaciones obtenidas en la misma, concediendo un plazo de diez
días naturales a los aspirantes para reclamaciones.
Los documentos se adjuntarán escaneados conforme se establezca en el procedimiento
telemático.
Los méritos alegados, y justificados documentalmente, serán valorados con arreglo al
siguiente baremo:
a) Por años de servicios prestados como funcionario en el Ayuntamiento de Tiétar, en la
subescala, clase o categoría de procedencia, con desempeño real del puesto: 0,10 puntos
por mes completo, hasta un máximo de 5 puntos.
b) Por estar en posesión de otras titulaciones académicas distintas a las utilizadas para
tomar parte en el proceso, hasta un máximo de 4 puntos, siempre y cuando tengan alguna
relación con el puesto de trabajo a ocupar:
—Titulación superior (licenciatura y Grado): 4 puntos.
—Titulación media (Diplomatura - Técnico Superior (Formación profesional o equivalente): 2
puntos.
c) Por formación complementaria:
Por la realización de cursos o cursillos de especialización, asistencias a seminarios,
jornadas, congresos o similares, en materias relacionadas con el puesto impartidos por
centros oficiales, organismos o empresas que tengan relación directa con los conocimientos
exigidos para el desempeño del puesto de administrativo, hasta un máximo total de 1 punto:
—Hasta 15 horas: 0,10 puntos por curso.
—De más de 15 hasta 35 horas: 0,15 puntos por curso.
—De más de 35 hasta 60 horas: 0,20 puntos por curso.
Ayuntamiento de Tiétar
Plza. De la Constitución, s/n, Tiétar. 10319 (Cáceres). Tfno. 927550566. Fax: 927550061
Cód.
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Lunes, 29 de julio de 2024
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