Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2024-4108)
BOP-2024-4108 Aprobación bases convocatoria plaza Administrativo/a / Promoción interna.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Tiétar
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud. Asimismo deberán
solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
3.4. Presentación. La presentación de instancias deberá efectuarse en el registro general del
Ayuntamiento de Tiétar o por cualquiera de los medios señalados en el art. 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (en adelante, LPAC).
3.5. Documentación. Los documentos acreditativos de los diferentes méritos que se deseen
hacer valer se presentarán en la forma previstas en las presentes Bases.
3.6. Errores. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado
3.7. Sometimiento a las Bases. El solo hecho de presentar la instancia solicitando tomar
parte en la convocatoria constituye el sometimiento expreso de la persona aspirante a las
Bases reguladoras de la misma, que tienen la consideración de ley reguladora de la
convocatoria.
CUARTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En
dicha resolución que se publicará en el Tablón de anuncios o en la sede electrónica de este
Ayuntamiento http://tietar.sedelectronica.es, así como en el tablón de anuncios, se señalará
un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo máximo de 30 días desde la
finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado
resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la
aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de
publicación en el Tablón de anuncios o en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://tietar.sedelectronica.es, así como en el tablón de anuncios. En la misma publicación se
hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas/el día, hora y
lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para
posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este
Ayuntamiento http://tietar.sedelectronica.es, así como en el tablón de anuncios; en este
supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse
públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba
anterior y en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://tietar.sedelectronica.es, así
como en el tablón de anuncios, con un plazo mínimo de antelación de doce horas.
Igualmente, la misma resolución, se hará constar la designación nominal del tribunal.
QUINTA. Tribunal Calificador
1.- El Tribunal Calificador será nombrado por Decreto de la Alcaldía y juzgará los ejercicios
del proceso selectivo, su composición colegiada deberá ajustarse a los principios de
Ayuntamiento de Tiétar
Plza. De la Constitución, s/n, Tiétar. 10319 (Cáceres). Tfno. 927550566. Fax: 927550061
Cód.
Validación:
9ERFXPRNQA6LNSJC33XAL4ZJT
Verificación:
https://tietar.sedelectronica.es/
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en:
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Lunes, 29 de julio de 2024
N.º 0145
Pág. 17139
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud. Asimismo deberán
solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
3.4. Presentación. La presentación de instancias deberá efectuarse en el registro general del
Ayuntamiento de Tiétar o por cualquiera de los medios señalados en el art. 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (en adelante, LPAC).
3.5. Documentación. Los documentos acreditativos de los diferentes méritos que se deseen
hacer valer se presentarán en la forma previstas en las presentes Bases.
3.6. Errores. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado
3.7. Sometimiento a las Bases. El solo hecho de presentar la instancia solicitando tomar
parte en la convocatoria constituye el sometimiento expreso de la persona aspirante a las
Bases reguladoras de la misma, que tienen la consideración de ley reguladora de la
convocatoria.
CUARTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En
dicha resolución que se publicará en el Tablón de anuncios o en la sede electrónica de este
Ayuntamiento http://tietar.sedelectronica.es, así como en el tablón de anuncios, se señalará
un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo máximo de 30 días desde la
finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado
resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la
aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de
publicación en el Tablón de anuncios o en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://tietar.sedelectronica.es, así como en el tablón de anuncios. En la misma publicación se
hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas/el día, hora y
lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para
posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este
Ayuntamiento http://tietar.sedelectronica.es, así como en el tablón de anuncios; en este
supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse
públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba
anterior y en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://tietar.sedelectronica.es, así
como en el tablón de anuncios, con un plazo mínimo de antelación de doce horas.
Igualmente, la misma resolución, se hará constar la designación nominal del tribunal.
QUINTA. Tribunal Calificador
1.- El Tribunal Calificador será nombrado por Decreto de la Alcaldía y juzgará los ejercicios
del proceso selectivo, su composición colegiada deberá ajustarse a los principios de
Ayuntamiento de Tiétar
Plza. De la Constitución, s/n, Tiétar. 10319 (Cáceres). Tfno. 927550566. Fax: 927550061
Cód.
Validación:
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Lunes, 29 de julio de 2024
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