Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2024-2851)
BOP-2024-2851 EXTRACTO. Bases reguladoras y convocatoria para otorgar los premios a los mejores expedientes académicos del curso académico 2023/2024 de la ciudad de Coria.
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QUINTA.- SOLICITUDES. Las personas interesadas en participar en el procedimiento para
optar a los premios al mejor expediente académico deberán inscribirse, presentando el modelo
de solicitud que figura como Anexo I, además de presentar el modelo de autorización en caso
de ser menor de edad, DNI y una copia del expediente académico.
Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de
Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia hasta el día 3 de julio de 2024.
SEXTA.- ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL
PROCEDIMIENTO. El órgano competente para la instrucción del expediente será el personal
designado a tal efecto por la Concejalía de Desarrollo Económico, en este caso personal
adherido al departamento de Desarrollo Local.
Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, evaluando las solicitudes que
se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para resolver será la Alcaldía.
SÉPTIMA.- PREMIOS. Se otorgarán tres premios, a los que se les practicarán, en su caso, las
retenciones contempladas en las disposiciones normativas vigentes: dos premios para los
mejores expedientes de la etapa de Bachillerato y un premio al mejor expediente de Ciclo
Formativo.
Los premios estarán dotados de un diploma conmemorativo y de un cheque nominativo de
1.000 euros cada uno, entregándose por la Alcaldía a cada una de las personas agraciadas,
que tendrán que justificar el importe correspondiente antes del primer trimestre de 2025, en el
Registro General, con facturas de uno o más establecimientos que alcancen como mínimo el
valor del premio, y que tendrá que destinarse al pago de la matrícula universitaria, a la
obtención del carné de conducir, a la adquisición en la localidad de Coria de material deportivo,
informático o didáctico, o a cursos de idiomas, academias de formación y alojamiento
relacionado con el estudio.
OCTAVA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN. Los expedientes académicos se valorarán en
función de la mejor puntuación global obtenida en la etapa que cursan, siempre que se supere
la nota global de 9.
NOVENA.- JURADO. El Jurado estará compuesto por tres empleados municipales y un
representante de cada Centro educativo que imparta las enseñanzas de Bachillerato y Ciclo
Formativo.
CVE:
BOP-2024-2851
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de mayo de 2024
N.º 0099
Pág. 11985
optar a los premios al mejor expediente académico deberán inscribirse, presentando el modelo
de solicitud que figura como Anexo I, además de presentar el modelo de autorización en caso
de ser menor de edad, DNI y una copia del expediente académico.
Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de
Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia hasta el día 3 de julio de 2024.
SEXTA.- ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL
PROCEDIMIENTO. El órgano competente para la instrucción del expediente será el personal
designado a tal efecto por la Concejalía de Desarrollo Económico, en este caso personal
adherido al departamento de Desarrollo Local.
Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, evaluando las solicitudes que
se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para resolver será la Alcaldía.
SÉPTIMA.- PREMIOS. Se otorgarán tres premios, a los que se les practicarán, en su caso, las
retenciones contempladas en las disposiciones normativas vigentes: dos premios para los
mejores expedientes de la etapa de Bachillerato y un premio al mejor expediente de Ciclo
Formativo.
Los premios estarán dotados de un diploma conmemorativo y de un cheque nominativo de
1.000 euros cada uno, entregándose por la Alcaldía a cada una de las personas agraciadas,
que tendrán que justificar el importe correspondiente antes del primer trimestre de 2025, en el
Registro General, con facturas de uno o más establecimientos que alcancen como mínimo el
valor del premio, y que tendrá que destinarse al pago de la matrícula universitaria, a la
obtención del carné de conducir, a la adquisición en la localidad de Coria de material deportivo,
informático o didáctico, o a cursos de idiomas, academias de formación y alojamiento
relacionado con el estudio.
OCTAVA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN. Los expedientes académicos se valorarán en
función de la mejor puntuación global obtenida en la etapa que cursan, siempre que se supere
la nota global de 9.
NOVENA.- JURADO. El Jurado estará compuesto por tres empleados municipales y un
representante de cada Centro educativo que imparta las enseñanzas de Bachillerato y Ciclo
Formativo.
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de mayo de 2024
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