Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Rivera de Fresnedosa. (BOP-2024-2790)
BOP-2024-2790 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización del servicio de escenarios y carpa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Artículo 4. Cuota tributaria.
La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de escenarios y será la resultante
de multiplicar la base imponible por la tarifa correspondiente establecida por servicio solicitado.
Constituye la base imposible el número de servicios y unidades de escenarios utilizados por los
Ayuntamientos, servicios realizados con los recursos humanos y materiales de la
Mancomunidad.
a) IMPORTE DE LA TASA a Municipios integrantes de la Mancomunidad:
500,00 € por servicio y/o evento demandado de traslado, montaje y desmontaje
de carpa, incluido el/a operario/a / maquinista conductor/a.
300,00 € por servicio y/o evento demandado de traslado, montaje y desmontaje
de escenario, incluido el/a operario/a / maquinista conductor/a.
85 euros trabajador/a / día adicional, cuando sea día completo, si es fracción por
horas, a 25 euros/hora.
Si por motivos ajenos a la Mancomunidad, como pudiera ser la falta de personal
a aportar por el Ayuntamiento interesado; el montaje y/o desmontaje, del
escenario o de la carpa, se demorase en plazo estipulado para ello (3 días), el
Ayuntamiento, abonará el precio establecido de 85 euros trabajador/a
día/adicional, cuando sea día completo, y si fuese fracción por horas, el importe
sería de 25 euros/hora.
b) IMPORTE DE LA TASA a Municipios no integrantes de la Mancomunidad:
1.000 € por servicio y/o evento demandado de traslado, montaje y desmontaje de
carpa, (período mínimo 5 días), incluido el/a operario/a / maquinista conductor/a.
500,00 € por servicio y/o evento demandado de traslado, montaje y desmontaje
de escenario, (período mínimo 5 días), incluido el/a operario/a / maquinista
conductor/a.
Por cada día de exceso en la utilización, 100 euros/día.
Fianza previa a depositar junto con la solicitud del servicio, 500 euros.
Estos importes no incluyen el impuesto sobre el valor añadido y se actualizarán
automáticamente, en el mes de Enero de cada año, en función del índice General de Precios al
Consumo, o aquel que le sustituya, correspondiente al año natural anterior, sin perjuicio de la
revisión de la tasa en función de los costes del servicio.
CVE:
BOP-2024-2790
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
Pág. 11847
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Artículo 4. Cuota tributaria.
La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de escenarios y será la resultante
de multiplicar la base imponible por la tarifa correspondiente establecida por servicio solicitado.
Constituye la base imposible el número de servicios y unidades de escenarios utilizados por los
Ayuntamientos, servicios realizados con los recursos humanos y materiales de la
Mancomunidad.
a) IMPORTE DE LA TASA a Municipios integrantes de la Mancomunidad:
500,00 € por servicio y/o evento demandado de traslado, montaje y desmontaje
de carpa, incluido el/a operario/a / maquinista conductor/a.
300,00 € por servicio y/o evento demandado de traslado, montaje y desmontaje
de escenario, incluido el/a operario/a / maquinista conductor/a.
85 euros trabajador/a / día adicional, cuando sea día completo, si es fracción por
horas, a 25 euros/hora.
Si por motivos ajenos a la Mancomunidad, como pudiera ser la falta de personal
a aportar por el Ayuntamiento interesado; el montaje y/o desmontaje, del
escenario o de la carpa, se demorase en plazo estipulado para ello (3 días), el
Ayuntamiento, abonará el precio establecido de 85 euros trabajador/a
día/adicional, cuando sea día completo, y si fuese fracción por horas, el importe
sería de 25 euros/hora.
b) IMPORTE DE LA TASA a Municipios no integrantes de la Mancomunidad:
1.000 € por servicio y/o evento demandado de traslado, montaje y desmontaje de
carpa, (período mínimo 5 días), incluido el/a operario/a / maquinista conductor/a.
500,00 € por servicio y/o evento demandado de traslado, montaje y desmontaje
de escenario, (período mínimo 5 días), incluido el/a operario/a / maquinista
conductor/a.
Por cada día de exceso en la utilización, 100 euros/día.
Fianza previa a depositar junto con la solicitud del servicio, 500 euros.
Estos importes no incluyen el impuesto sobre el valor añadido y se actualizarán
automáticamente, en el mes de Enero de cada año, en función del índice General de Precios al
Consumo, o aquel que le sustituya, correspondiente al año natural anterior, sin perjuicio de la
revisión de la tasa en función de los costes del servicio.
CVE:
BOP-2024-2790
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
Pág. 11847