Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Jerte. (BOP-2024-2735)
BOP-2024-2735 Bases selección de una plaza de Agente de Igualdad.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
No obstante, el Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y
adoptar las medidas necesarias para el buen orden del Concurso-Oposición en aquellos
aspectos no previstos.
Así mismo, contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los
personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la
Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia, o bien, interponer directamente recurso contencioso
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso
de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la
presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta de aquél.
Formalizado el contrato laboral, en su caso, la Jurisdicción competente para resolver las
controversias que pudieran surgir será la Jurisdicción Social.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Todo lo cual, se hace público para general conocimiento.
ANEXO I
TEMARIO COMÚN
TEMA 1. La Constitución Española de 1978: Estructura. Título Preliminar. Título I (de los
Derechos y Deberes Fundamentales): Capítulo I: De los españoles y los extranjeros. Capítulo
II: Derechos y libertades.
TEMA 2: La Constitución Española de 1978: Título III (De las Cortes Generales): Capítulo
Primero: De las Cámaras y Capítulo Segundo: De la elaboración de las leyes.
TEMA 3. La Constitución Española de 1978: Título VIII (de la Organización Territorial del
Estado): Capítulo I: Principios Generales, Capítulo II: De la Administración Local. Título IX Del
Tribunal Constitucional. Título X, la reforma constitucional.
TEMA 4. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título I:
Disposiciones generales Título II: El Municipio.
TEMA 5. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título VI:
Bienes, actividades y servicios.
CVE:
BOP-2024-2735
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de mayo de 2024
N.º 0096
Pág. 11636
adoptar las medidas necesarias para el buen orden del Concurso-Oposición en aquellos
aspectos no previstos.
Así mismo, contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los
personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la
Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia, o bien, interponer directamente recurso contencioso
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso
de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la
presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta de aquél.
Formalizado el contrato laboral, en su caso, la Jurisdicción competente para resolver las
controversias que pudieran surgir será la Jurisdicción Social.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Todo lo cual, se hace público para general conocimiento.
ANEXO I
TEMARIO COMÚN
TEMA 1. La Constitución Española de 1978: Estructura. Título Preliminar. Título I (de los
Derechos y Deberes Fundamentales): Capítulo I: De los españoles y los extranjeros. Capítulo
II: Derechos y libertades.
TEMA 2: La Constitución Española de 1978: Título III (De las Cortes Generales): Capítulo
Primero: De las Cámaras y Capítulo Segundo: De la elaboración de las leyes.
TEMA 3. La Constitución Española de 1978: Título VIII (de la Organización Territorial del
Estado): Capítulo I: Principios Generales, Capítulo II: De la Administración Local. Título IX Del
Tribunal Constitucional. Título X, la reforma constitucional.
TEMA 4. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título I:
Disposiciones generales Título II: El Municipio.
TEMA 5. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título VI:
Bienes, actividades y servicios.
CVE:
BOP-2024-2735
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de mayo de 2024
N.º 0096
Pág. 11636