Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdeobispo. (BOP-2024-2668)
BOP-2024-2668 Aprobación definitiva del Reglamento Municipal del Servicio de Ayuda a Domicilio.
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Las modificaciones que se establecen en la prestación del servicio, en las aportaciones
económicas o en la supresión del servicio, deberán acordarse previa tramitación de expediente
contradictorio con audiencia del/la interesado/a o representante legal.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL:
Para atender casos de extrema urgencia, se procederá a la inmediata iniciación del Servicio de
Ayuda a Domicilio a propuesta justificada de los Servicios Sociales Comunitarios, sin perjuicio
de su posterior tramitación de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto.
Las solicitudes se valorarán para la concesión delas prestaciones teniendo en cuenta las
características sociales del/la usuario/a o de la familia, así como su grado de autonomía.
TITULO V.ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
ART.9.- Gestión del Servicio.
La prestación del servicio es competencia del Ayuntamiento de Valdeobispo, el mismo asumirá
la titularidad del servicio, que podrá gestionar de forma directa o indirecta.
En caso de gestión indirecta, la entidad local mantendrá las funciones de coordinación,
seguimiento, supervisión y evaluación.
ART 10.- Competencia municipal.
Corresponde al Ayuntamiento de Valdeobispo:
I. Gestionar y ejecutar al Servicio Municipal.
II. Detectar las necesidades existentes para la financiación del servicio.
III. Coordinar los recursos existentes para la financiación del servicio.
IV. Canalizar la demanda de prestaciones.
V. Definir el nivel de atención de la persona usuaria, así como la intensidad del programa.
VI. Determinar la aportación económica de la persona usuaria.
VII. Distribuir el trabajo.
CVE:
BOP-2024-2668
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de mayo de 2024
N.º 0094
Pág. 11350
económicas o en la supresión del servicio, deberán acordarse previa tramitación de expediente
contradictorio con audiencia del/la interesado/a o representante legal.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL:
Para atender casos de extrema urgencia, se procederá a la inmediata iniciación del Servicio de
Ayuda a Domicilio a propuesta justificada de los Servicios Sociales Comunitarios, sin perjuicio
de su posterior tramitación de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto.
Las solicitudes se valorarán para la concesión delas prestaciones teniendo en cuenta las
características sociales del/la usuario/a o de la familia, así como su grado de autonomía.
TITULO V.ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
ART.9.- Gestión del Servicio.
La prestación del servicio es competencia del Ayuntamiento de Valdeobispo, el mismo asumirá
la titularidad del servicio, que podrá gestionar de forma directa o indirecta.
En caso de gestión indirecta, la entidad local mantendrá las funciones de coordinación,
seguimiento, supervisión y evaluación.
ART 10.- Competencia municipal.
Corresponde al Ayuntamiento de Valdeobispo:
I. Gestionar y ejecutar al Servicio Municipal.
II. Detectar las necesidades existentes para la financiación del servicio.
III. Coordinar los recursos existentes para la financiación del servicio.
IV. Canalizar la demanda de prestaciones.
V. Definir el nivel de atención de la persona usuaria, así como la intensidad del programa.
VI. Determinar la aportación económica de la persona usuaria.
VII. Distribuir el trabajo.
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