Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7441)
BOP-2023-7441 Bases y convocatoria de subvenciones del Plan Integra VII para los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales.
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VICEPRESIDENCIA DE TERRITORIO,
IGUALDAD Y CULTURA
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Las Entidades locales destinarán la subvención a financiar los costes salariales de las personas
contratadas, de acuerdo con las prescripciones establecidas en las presentes normas y en la resolución de
concesión.
Serán gastos subvencionables:
 Los gastos de personal, es decir, los costes salariales derivados de la contratación de personal.
La Entidad Local llevará a cabo las contrataciones de conformidad con la legislación vigente,
responsabilizándose en exclusiva de todas las actuaciones realizadas y de los efectos que produzcan,
pudiendo elegir, si así se considera oportuno, entre prorrogar los contratos actuales existentes realizados en
base al Plan Integra VI 2023, o por la contratación de nuevas personas.
Deberá realizarse como mínimo una contratación por la Entidad Local que resulte beneficiaria.
El importe designado se concede por cada doce meses de contratación efectuada en el marco de esta
convocatoria, pudiendo ser realizadas contrataciones de duración inferior, en los casos en que así lo
aconsejen las circunstancias de las personas a contratar, en cuyo caso la aportación de esta Diputación
será proporcional a la duración de dichas contrataciones, con independencia del porcentaje de jornada
laboral que estas supongan. En este caso podrán simultanearse varias contrataciones de menor duración,
teniendo en cuenta que se subvencionará un máximo de doce meses de contratación en total.
Las personas beneficiarias de las contrataciones han de ser seleccionadas por las Entidades
Locales siempre según las necesidades y criterios técnicos establecidos por la persona
especialista de la asociación de discapacidad asociada al municipio y a través de Oferta Pública.
En base a estos criterios, se llevarán a cabo las adaptaciones laborales necesarias en cuanto a
flexibilización de tareas, espacios, horarios, mobiliario, etc, teniendo en cuenta que el proceso de
adaptación es continuo y no puntual, acudiendo así a su asociación de referencia siempre que haya que
hacer alguna adaptación adicional.
Para garantizar el éxito de integración sociolaboral, se seguirán los pasos de acogida y seguimiento que
establezca la persona especialista de la asociación de referencia, así como se dedicarán los recursos y el
tiempo necesario para la formación específica de la persona trabajadora.
Por otro lado, el método de selección deberá cumplir los criterios de transparencia, publicidad e igualdad
de oportunidades.
Ninguna contratación formalizada bajo esta Convocatoria tendrá ninguna relación laboral con la Diputación
de Cáceres.
JUSTIFICACIÓN
La Entidad Local, como beneficiaría de esta subvención, asume el compromiso de justificar ante el órgano
gestor, esto es, el Servicio de Igualdad, Política Social y Cooperación Internacional la cantidad
subvencionada, unidad administrativa que realizará las comprobaciones materiales y formales necesarias.
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CVE:
BOP-2023-7441
Verificable
en:
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Viernes, 15 de diciembre de 2023
N.º 0237
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