Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bohonal de Ibor. (BOP-2023-6449)
BOP-2023-6449 Plan de Integridad y de Medidas Antifraude.
41 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Plan de integridad y de medidas antifraude del Ayuntamiento de BOHONAL DE IBOR (Cáceres)
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
La detección de posible fraude, o su sospecha fundada, conllevará la inmediata suspensión
del procedimiento, la notificación de tal circunstancia en el más breve plazo posible a las
autoridades interesadas y a los organismos implicados en la realización de las actuaciones y la
revisión de todos aquellos proyectos que hayan podido estar expuestos al mismo.
El Comité Antifraude tendrá que analizar si el fraude es puntual o sistemático. En el caso de
que se detecten irregularidades sistémicas, se adoptarán las siguientes medidas:
— Revisar la totalidad de los expedientes incluidos en esa operación y/o de naturaleza
económica análoga.
— Retirar la financiación comunitaria de todos aquellos expedientes en los que se
identifique la incidencia detectada.
— Comunicar a las unidades ejecutoras las medidas necesarias a adoptar para subsanar la
debilidad detectada, de forma que las incidencias encontradas no vuelvan a repetirse.
— Revisar los sistemas de control interno para establecer los mecanismos oportunos que
detecten las referidas incidencias en las fases iniciales de verificación.
C. Persecución.
A la mayor brevedad posible, el Comité Antifraude procederá a:
— Comunicar los hechos producidos y las medidas adoptadas a la entidad decisora (o a la
entidad ejecutora que le haya encomendado la ejecución de las actuaciones, en cuyo caso será esta
la que se los comunicará a la entidad decisora), quien comunicará el asunto a la Autoridad
Responsable, la cual podrá solicitar la información adicional que considere oportuna de cara su
seguimiento y comunicación a la Autoridad de Control.
— Denunciar, si fuese el caso, los hechos punibles a las Autoridades Públicas competentes
(Servicio Nacional de Coordinación Antifraude -SNCA-) y para su valoración y eventual
comunicación a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude.
— Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 129 del Reglamento
Financiero de la UE de 2018, este Ayuntamiento cooperará lealmente con la Comisión Europea, la
OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, en todas las actuaciones de
fiscalización y control que tales entidades lleven a cabo.
— También colaborará, en su caso, con el Tribunal de Cuentas, cuando se lleven a cabo
auditorías del presente Plan.
— Iniciar una información reservada para depurar responsabilidades o incoar un expediente
disciplinario.
— Denunciar los hechos ante la fiscalía y los tribunales competentes, en los casos oportunos.
14
Cód.
Validación:
5S2RALFK2YYDGZY7KAZEK2L4Z
Verificación:
https://bohonaldeibor.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
14
de
39
CVE:
BOP-2023-6449
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de octubre de 2023
N.º 0206
Pág. 27802