Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2023-6427)
BOP-2023-6427 Listado definitivo admitidas/os, excluidas/os proceso de estabilización.
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Ayuntamiento de Trujillo
Ayuntamiento de Trujillo
Paseo Ruiz de Mendoza, 8, Trujillo. 10200 (Cáceres). Tfno. 927321050. Fax: 927659084
SÉPTIMO. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los
interesados pueden interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el
Alcalde en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la
presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Extremadura
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo no podrán interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que pudieran estimar más
conveniente a sus derechos.
OCTAVO. Dar traslado de la presente resolución al Libro de Decretos y Resoluciones del
Ayuntamiento.
Trujillo, a fecha de firma electrónica
LA SECRETARIA LA ALCALDESA
Dª. Mª de los Ángeles Bernal Chanclón Dª. Mª Inés Rubio Díaz
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
CVE:
BOP-2023-6427
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de octubre de 2023
N.º 0205
Pág. 27744
Ayuntamiento de Trujillo
Paseo Ruiz de Mendoza, 8, Trujillo. 10200 (Cáceres). Tfno. 927321050. Fax: 927659084
SÉPTIMO. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los
interesados pueden interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el
Alcalde en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la
presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Extremadura
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo no podrán interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que pudieran estimar más
conveniente a sus derechos.
OCTAVO. Dar traslado de la presente resolución al Libro de Decretos y Resoluciones del
Ayuntamiento.
Trujillo, a fecha de firma electrónica
LA SECRETARIA LA ALCALDESA
Dª. Mª de los Ángeles Bernal Chanclón Dª. Mª Inés Rubio Díaz
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
CVE:
BOP-2023-6427
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de octubre de 2023
N.º 0205
Pág. 27744