Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2023-5609)
BOP-2023-5609 Plan de Integridad y de Medidas Antifraude.
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detectar, corregir y perseguir los intentos de fraude.
3. Concienciar al resto de personal municipal.
4. Abrir un expediente informativo ante cualquier sospecha de fraude, solicitando cuanta
información se entienda pertinente a las unidades involucradas en la misma, para su
oportuno análisis.
5. Resolver los expedientes informativos incoados, ordenando su posible archivo, en el
caso de que las sospechas resulten infundadas, o la adopción de medidas correctoras
oportunas si llegase a la conclusión de que el fraude realmente se ha producido.
6. Informar a la Alcaldía-Presidencia y Secretaría General de la Corporación de las
conclusiones alcanzadas en los expedientes incoados y, en su caso, de las medidas
correctoras aplicadas.
7. Suministrar la información necesaria a las entidades u organismos encargados de
velar por la recuperación de los importes indebidamente recibidos por parte de los/as
beneficiarios/as, o incoar las consiguientes sanciones en materia administrativa y/o
penal.
4.3. Régimen de reuniones. (Aplicable cuando el Comité Antifraude lo conformen varias
personas).
La celebración de sesiones para asuntos que les sean propios, se regirá por lo dispuesto en el
artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativo
a convocatorias y celebración de sesiones de órganos colegiados.
5. AUTOEVALUACIÓN DE RIESGOS.
El Comité Antifraude es el encargado de realizar el ejercicio de autoevaluación inicial del riesgo
de fraude, así como de repetirlo con una frecuencia que en principio se establece con carácter
anual; si bien podrá exigirse con periodicidad inferior ante circunstancias que así lo aconsejen
como pueden ser los cambios normativos u organizativos, la aparición de circunstancias
novedosas o la detección de puntos débiles ante el fraude.
En la primera reunión del Comité se realizó el análisis de riesgo de fraude existente en el
Ayuntamiento y se establecieron los procedimientos necesarios y las medidas para minimizar la
ocurrencia de casos de fraude.
CVE:
BOP-2023-5609
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 14 de septiembre de 2023
N.º 0175
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