Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-3888)
BOP-2023-3888 Reglamento para la prestación del servicio en régimen de teletrabajo en el Ayuntamiento de Cáceres y sus Organismos Autónomos y demás entes públicos dependientes.
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ÚNICA.
DISPOSICIÓN FINAL.
ÚNICA. ENTRADA EN VIGOR
INTRODUCCIÓN
Las medidas contenidas en este reglamento tienen la finalidad de asegurar el
normal funcionamiento del Ayuntamiento de Cáceres y sus Organismos Autónomos y
demás entes públicos, en su caso, impulsando nuevas formas de organización y
estructuración del trabajo de las empleadas y empleados públicos para el mejor servicio
a los intereses generales que tienen encomendado.
Por lo tanto, es ineludible abordar, con carácter inmediato, la regulación del
teletrabajo en esta administración así como la adaptación de esta a la administración
digital.
El teletrabajo, entendido como modalidad preferente de trabajo a distancia que se
realiza fuera de los establecimientos y centros habituales de la Administración, para la
prestación de servicios mediante el uso de nuevas tecnologías, ha sido objeto de
regulación tanto en el contexto europeo como a nivel nacional, autonómico y local.
En cuanto al ámbito autonómico y local, tras los iniciales programas piloto, se fue
impulsando desde 2012 la regulación del teletrabajo para la prestación de servicios en sus
ámbitos, en concreto en la comunidad autónoma de Extremadura a través del Decreto
1/2018, de 10 de enero, modificado por el Decreto 107/2021, de 15 de septiembre.
Fijándose en el Ayuntamiento de Cáceres en el ejercicio 2013 por Resolución de
Alcaldía la implantación del Régimen de prestación de servicios, previo acuerdo con los
representantes de los trabajadores, considerándose en pruebas hasta la aprobación del
texto del acuerdo y convenio por el que se regulen las relaciones de trabajo de los/as
empleados/as públicos/as del Ayuntamiento de Cáceres, momento a partir del cual, una
vez evaluados con resultado satisfactorio, se incluirá definitivamente su regulación en los
textos citados.
La figura del teletrabajo constituye una oportunidad para la introducción de
cambios en las formas de organización del trabajo que redunden en la mejora de la
prestación de los servicios públicos, en el bienestar de las empleadas y los empleados
públicos, en los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 y en una
administración más abierta y participativa.
CVE:
BOP-2023-3888
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de junio de 2023
N.º 0119
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