Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2023-3627)
BOP-2023-3627 Modificación de las bases por las que se regirá la provisión de 1 plaza de peón/a de servicios múltiples, dentro del proceso extraordinario de estabilización.
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AYUNTAMIENTO DE BARRADO
PLAZA DE ESPAÑA, 1, CP 10696
- Estar en situación de ocupado/a, prestando servicios como personal contratado, en
cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario/a interino/a.
- Estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación
de riesgo o necesidad acreditada por facultativo/a que exija la lactancia natural de
menores de 9 meses. La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia
dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en la bolsa de empleo en
que se encontrara la persona afectada.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
La bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de 5 años.
DECIMOTERCERA. INCIDENCIAS.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo
establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer
por los/as interesados/as recurso de reposición en el plazo de 1 mes ante la Alcaldía,
previo al contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su
domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en Boletín Oficial
del Estado.
En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de
18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes
en materia de Régimen Local y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
Teléfono 927 47 80 46 Fax 927 47 81 12 ayuntamiento@barrado.es
Cód.
Validación:
4F44RXC5FESPTWW7H3AE797MC
Verificación:
https://barrado.sedelectronica.es/
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Jueves, 8 de junio de 2023
N.º 0107
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